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P: ¿Las personas designadas, en virtud de la Sección 7031(c), tienen prohibido ingresar a los Estados Unidos por el resto de sus vidas o por un período de tiempo determinado?
R: Las designaciones no tienen límite de tiempo. Como cuestión general, cuando se designa a una persona en virtud de la Sección 7031(c), esa persona no será elegible para una visa para viajar a los Estados Unidos indefinidamente. Sin embargo, la Sección 7031(c) contiene disposiciones de excepción y exención que pueden permitir que una persona viaje en determinadas circunstancias.
P: ¿Cómo se define “corrupción significativa”?
R: Si bien la ley no define explícitamente la corrupción significativa, generalmente analizamos la naturaleza de los actos corruptos, incluido cualquier impacto potencial en los intereses nacionales de los EE.UU.
P: ¿Podemos tener una explicación más específica sobre las razones de esta restricción de visa? ¿Algún ejemplo específico de la corrupción significativa de Velázquez y Duarte?
R: El Departamento tiene información fidedigna de que Velázquez y Duarte estuvieron involucrados en corrupción significativa mientras ocupaban sus cargos públicos de vicepresidente de Paraguay y asesor legal de la Entidad Binacional Yacyretá, respectivamente. Actos de corrupción como estos socavan las instituciones y los procesos de Paraguay, así como la confianza del público en la capacidad del Gobierno paraguayo de cumplir con su pueblo.
P: ¿Las acciones de Velázquez y Duarte han dañado/violado los intereses de los EE.UU. o los intereses del pueblo de Paraguay?
R: La corrupción en un país extranjero impone costos sustanciales a su economía, sociedad y seguridad. La corrupción obstaculiza la inversión extranjera y la asistencia extranjera que tanto se necesitan, facilita el crimen organizado, impulsa la migración y socava el estado de derecho y la confianza de los ciudadanos en su gobierno. Esto afecta directamente los intereses de seguridad nacional, económicos y de política exterior de EE.UU. y los de nuestras naciones amigas.
P: ¿Por qué se tomó esta decisión ahora?
R: El Departamento obtuvo información fidedigna sobre la participación de Velázquez y Duarte en corrupción significativa mientras se desempeñaban como vicepresidente de Paraguay y asesor legal de la Entidad Binacional Yacyretá, respectivamente.
P: ¿Habrá más designaciones públicas en el futuro?
R: El Departamento de Estado normalmente no se refiere a las designaciones pendientes o futuras bajo la Sección 7031(c). La sección 7031(c) requiere que el Secretario de Estado designe a funcionarios extranjeros y sus familiares inmediatos sobre quienes tenga información creíble de participación en corrupción significativa o una violación grave de los derechos humanos. El Departamento de Estado continuará utilizando esta autoridad y todas las herramientas disponibles para combatir la corrupción a nivel mundial.
P: ¿Se han designado otros funcionarios en Paraguay bajo la Sección 7031(c)?
R: El 22 de julio, el Departamento designó al expresidente Horacio Cartes por participación en corrupción significativa. En abril de 2021, el Departamento designó a un diputado de Paraguay, Ulises Rolando Quintana Maldonado, debido a su participación en importantes actos de corrupción. El 10 de diciembre de 2019, el Departamento designó a dos exfuncionarios paraguayos por su participación en casos de corrupción significativos: el expresidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y senador de Paraguay Óscar González Daher y el ex fiscal general del Estado Javier Díaz Verón.
P: ¿Se implementa la Sección 7031(c) junto con otros programas de sanciones como el programa de sanciones Global Magnitsky?
R: La Orden Ejecutiva (E.O.) 13818, en la que se basa e implementa la Ley Global Magnitsky de Responsabilidad de los Derechos Humanos, es otra herramienta para restringir la capacidad de una persona para viajar a los Estados Unidos, además de imponer sanciones financieras. En concreto, el artículo 2 de la E.O. 13818 impone restricciones de visa a las personas bloqueadas, de conformidad con la Sección 1 de dicha Orden. El Departamento de Estado continúa tomando medidas, según corresponda, para implementar otras autoridades en virtud de las cuales puede imponer restricciones de visa a los responsables de corrupción y violaciones de derechos humanos, incluidas las Proclamaciones Presidenciales 7750 y 8697. El Departamento de Estado continúa haciendo que la inelegibilidad de visa sean determinadas de conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), incluida la Sección 212(a)(3)(E), que confiere inhabilitación de visa a las personas que han participado en actos de genocidio o cometido actos de tortura, ejecuciones extrajudiciales y otras violaciones de derechos humanos.
P: ¿La Sección 7031(c) tiene algún efecto sobre los bienes de la persona designada?
R: No, las designaciones de la Sección 7031(c) no resultan en la imposición de sanciones financieras.
P: La Sección 7031(c) también requiere la designación de los miembros de la familia inmediata de la persona afectada. ¿El Departamento también designó a algún miembro de la familia de Velázquez o Duarte? ¿Por qué o por qué no?
R: La Sección 7031(c) requiere la designación de los miembros de la familia inmediata de la persona afectada. El Departamento designó públicamente a los familiares inmediatos de Velázquez, incluyendo a Lourdes María Andrea Samaniego González, Dionicio Adalberto Velázquez Giménez, Sonya Rebeca Velázquez Escauriza y Hugo José Velázquez Escauriza, y a los miembros de la familia inmediata de Duarte, incluyendo a Ninfa Concepción Vera Moreira y Tamara Duarte Martínez.