Hugo Velázquez, “significativamente corrupto”: todas las preguntas, respondidas por la embajada de EE.UU.

Esta mañana, Estados Unidos hizo publica la designación del vicepresidente de Paraguay, Hugo Velázquez, y del asesor jurídico de la Entidad Binacional Yacyretá, Juan Carlos Duarte, por participación en corrupción significativa. En este artículo, la embajada de ese país responde las dudas sobre lo que implica esta designación.

Hugo Velázquez juan carlos duarte

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P: ¿Las personas designadas, en virtud de la Sección 7031(c), tienen prohibido ingresar a los Estados Unidos por el resto de sus vidas o por un período de tiempo determinado?

R: Las designaciones no tienen límite de tiempo. Como cuestión general, cuando se designa a una persona en virtud de la Sección 7031(c), esa persona no será elegible para una visa para viajar a los Estados Unidos indefinidamente. Sin embargo, la Sección 7031(c) contiene disposiciones de excepción y exención que pueden permitir que una persona viaje en determinadas circunstancias.

P: ¿Cómo se define “corrupción significativa”?

R: Si bien la ley no define explícitamente la corrupción significativa, generalmente analizamos la naturaleza de los actos corruptos, incluido cualquier impacto potencial en los intereses nacionales de los EE.UU.

P: ¿Podemos tener una explicación más específica sobre las razones de esta restricción de visa? ¿Algún ejemplo específico de la corrupción significativa de Velázquez y Duarte?

R: El Departamento tiene información fidedigna de que Velázquez y Duarte estuvieron involucrados en corrupción significativa mientras ocupaban sus cargos públicos de vicepresidente de Paraguay y asesor legal de la Entidad Binacional Yacyretá, respectivamente. Actos de corrupción como estos socavan las instituciones y los procesos de Paraguay, así como la confianza del público en la capacidad del Gobierno paraguayo de cumplir con su pueblo.

P: ¿Las acciones de Velázquez y Duarte han dañado/violado los intereses de los EE.UU. o los intereses del pueblo de Paraguay?

R: La corrupción en un país extranjero impone costos sustanciales a su economía, sociedad y seguridad. La corrupción obstaculiza la inversión extranjera y la asistencia extranjera que tanto se necesitan, facilita el crimen organizado, impulsa la migración y socava el estado de derecho y la confianza de los ciudadanos en su gobierno. Esto afecta directamente los intereses de seguridad nacional, económicos y de política exterior de EE.UU. y los de nuestras naciones amigas.

P: ¿Por qué se tomó esta decisión ahora?

R: El Departamento obtuvo información fidedigna sobre la participación de Velázquez y Duarte en corrupción significativa mientras se desempeñaban como vicepresidente de Paraguay y asesor legal de la Entidad Binacional Yacyretá, respectivamente.

P: ¿Habrá más designaciones públicas en el futuro?

R: El Departamento de Estado normalmente no se refiere a las designaciones pendientes o futuras bajo la Sección 7031(c). La sección 7031(c) requiere que el Secretario de Estado designe a funcionarios extranjeros y sus familiares inmediatos sobre quienes tenga información creíble de participación en corrupción significativa o una violación grave de los derechos humanos. El Departamento de Estado continuará utilizando esta autoridad y todas las herramientas disponibles para combatir la corrupción a nivel mundial.

P: ¿Se han designado otros funcionarios en Paraguay bajo la Sección 7031(c)?

R: El 22 de julio, el Departamento designó al expresidente Horacio Cartes por participación en corrupción significativa. En abril de 2021, el Departamento designó a un diputado de Paraguay, Ulises Rolando Quintana Maldonado, debido a su participación en importantes actos de corrupción. El 10 de diciembre de 2019, el Departamento designó a dos exfuncionarios paraguayos por su participación en casos de corrupción significativos: el expresidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y senador de Paraguay Óscar González Daher y el ex fiscal general del Estado Javier Díaz Verón.

P: ¿Se implementa la Sección 7031(c) junto con otros programas de sanciones como el programa de sanciones Global Magnitsky?

R: La Orden Ejecutiva (E.O.) 13818, en la que se basa e implementa la Ley Global Magnitsky de Responsabilidad de los Derechos Humanos, es otra herramienta para restringir la capacidad de una persona para viajar a los Estados Unidos, además de imponer sanciones financieras. En concreto, el artículo 2 de la E.O. 13818 impone restricciones de visa a las personas bloqueadas, de conformidad con la Sección 1 de dicha Orden. El Departamento de Estado continúa tomando medidas, según corresponda, para implementar otras autoridades en virtud de las cuales puede imponer restricciones de visa a los responsables de corrupción y violaciones de derechos humanos, incluidas las Proclamaciones Presidenciales 7750 y 8697. El Departamento de Estado continúa haciendo que la inelegibilidad de visa sean determinadas de conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), incluida la Sección 212(a)(3)(E), que confiere inhabilitación de visa a las personas que han participado en actos de genocidio o cometido actos de tortura, ejecuciones extrajudiciales y otras violaciones de derechos humanos.

P: ¿La Sección 7031(c) tiene algún efecto sobre los bienes de la persona designada?

R: No, las designaciones de la Sección 7031(c) no resultan en la imposición de sanciones financieras.

P: La Sección 7031(c) también requiere la designación de los miembros de la familia inmediata de la persona afectada. ¿El Departamento también designó a algún miembro de la familia de Velázquez o Duarte? ¿Por qué o por qué no?

R: La Sección 7031(c) requiere la designación de los miembros de la familia inmediata de la persona afectada. El Departamento designó públicamente a los familiares inmediatos de Velázquez, incluyendo a Lourdes María Andrea Samaniego González, Dionicio Adalberto Velázquez Giménez, Sonya Rebeca Velázquez Escauriza y Hugo José Velázquez Escauriza, y a los miembros de la familia inmediata de Duarte, incluyendo a Ninfa Concepción Vera Moreira y Tamara Duarte Martínez.

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