Confirman condena a 15 años de cárcel para Ramón González Daher por usura y otros delitos

La Cámara de Apelaciones confirmó hoy la condena de 15 años de cárcel para el usurero luqueño Ramón González Daher por usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa. También ratificó la pena de 5 años de prisión para su hijo Fernando González Karjallo, por lavado de activos. La defensa anunció que recurrirá ante la Corte Suprema de Justicia.

Ramón González Daher.
Ramón González Daher.gentileza

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Por unanimidad, el Tribunal de Apelación Penal integrado por los camaristas Arnulfo Arias, Andrea Vera Aldana y Gustavo Santander Dans resolvió hoy confirmar la condena a 15 años de cárcel para Ramón González Daher por los hechos punibles de usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa, y a 5 años de pena privativa de libertad para su hijo Fernando González Karjallo por lavado de activos.

Mediante el Acuerdo y Sentencia N° 60, firmado en la fecha por los camaristas, se confirma la Sentencia Definitiva N° 515 del 17 de diciembre de 2021 dictada por el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, presidido por la jueza Claudia Criscioni e integrado por Yolanda Morel y Yolanda Portillo, que condenó a Ramón González Daher y su hijo.

El Tribunal de Alzada también confirmó el comiso especial de bienes de RGD y su hijo, por la suma de G. 240.554.525.035 y US$ 11.711.977 (más de US$ 47 millones en total), que según lo probado en el juicio oral es el fruto de los intereses excesivos cobrados por los condenados a las víctimas de usura.

Si bien se confirma la condena en segunda instancia, atendiendo a la disposición del Tribunal de Sentencia, Ramón González Daher y Fernando González Karjallo seguirán libres hasta tanto quede firme y ejecutoriada la sentencia, ya que la defensa puede recurrir aún ante la Corte Suprema de Justicia con un recurso extraordinario de casación.

Argumentos del tribunal que confirmó condenas de RGD y su hijo

La defensa justificó la apelación indicando un total de 11 agravios y solicitó la absolución de culpa y reproche de Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo. El recurrente indica que el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos violó el principio del congruencia, prescripción de los hechos, nula fundamentación de las juezas, que los hechos no fueron probados y el comiso fue ordenado sobre una estimación errónea del colegiado.

Al respecto los camaristas coincidieron que los hechos fueron probados suficientemente en el juicio oral y público, que el Tribunal de Sentencia fundamentó debidamente su fallo, que corresponde el cálculo realizado para el comiso y que no existe violación alguna al proceso ni a los derechos de la defensa.

Las víctimas de usura de Ramón González Daher celebran la decisión del Tribunal de Sentencia que condenó al usurero luqueño y su hijo.
Las víctimas de usura de Ramón González Daher celebran la decisión del Tribunal de Sentencia que condenó al usurero luqueño y su hijo.

“No ha existido error u omisión en la aplicación de la ley o algún otro vicio que haga procedente la nulidad del fallo impugnado; habiendo observado el Tribunal de Sentencia los derechos y garantías procesales de los acusados para dicho efecto”, resalta parte del voto del camarista preopinante Arnulfo Arias.

Por su parte el magistrado Gustavo Santander Dans señala que el Tribunal de Sentencia aclaró que la usura ha sido castigada por un periodo correspondiente a los años 2014 al 2019 por la prescripción, pero el monto del comiso se calcula por un periodo que abarca el año 2013 porque el artículo 90 del Código Penal establece que la prescripción no es un obstáculo para ordenar el comiso especial.

El abogado defensor Mario Aníbal Elizeche Baudo anunció que recurrirá ante la Corte Suprema de Justicia contra la sentencia dictada por el Tribunal de Apelación. El profesional confirmó la decisión en conversación telefónica con ABC, pero se excusó de ampliar sus declaraciones debido a que se encuentra de viaje.

Jurado inició enjuiciamiento a fiscales que se prestaron para “apriete” de RGD

Al confirmar la S.D N° 515 del 17 de diciembre de 2021 la Cámara de Apelaciones también ratifica la decisión del Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos que ordenó remitir al Ministerio Público y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) los 156 expedientes de las víctimas de usura que fueron denunciadas por el ex dirigente de la APF, por supuesta estafa.

Sobre el punto, la Fiscalía había anunciado que recién una vez que la sentencia quede firme investigará a los agentes que se prestaron para el “apriete” del usurero luqueño a sus víctimas. Es decir, en caso que la defensa recurra a la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público esperará de decisión del máximo tribunal para analizar la actuación de sus fiscales.

Las juezas Yolanda Morel, Claudia Criscioni (presidenta) y Yolanda Portillo integraron el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos.
Las juezas Yolanda Morel, Claudia Criscioni (presidenta) y Yolanda Portillo integraron el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos.

La institución que ya está dando cumplimiento a la disposición del Tribunal de Sentencia es el JEM, teniendo en cuenta que de los primeros seis fiscales investigados por supuestamente favorecer en los “aprietes” a Ramón González Daher, la semana pasada el colegiado resolvió abrir enjuiciamiento a cuatro agentes por encontrar indicios de presunto mal desempeño de funciones.

Los enjuiciados son el fiscal Silvio Alegre de la Unidad Penal N°03; el agente de la Unidad Penal N°05 Rodolfo Fabián Centurión, la fiscala de la Unidad Penal N° 06 Fátima Villasboa y la agente fiscal de la Unidad Penal N° 07 Mirtha Ortiz, todos de la ciudad de Luque, donde tiene su feudo Ramón González Daher.

Los dos fiscales que pudieron eludir el enjuiciamiento por no reunirse los 6 votos en el mismo sentido son Francisco Torres y Sandra Ledezma.

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