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Armando Sosa y Pablo Rojas, miembros del tribunal de conducta del PLRA, confirmaron que ya acusaron recibo de la denuncia realizada por convencionales de limpio contra los 18 diputados liberales que dieron quórum para que los cartistas puedan archivar el pedido de Juicio Político contra la Fiscal General del Estado, Sandra Quiñónez en la Cámara de Diputados.
Desde el momento de la recepción, se activaron los protocoles, según explicaron ambos miembros del tribunal. Al recibir, se da curso a la nota y se convoca a una reunión de los miembros solicitando al presidente del tribunal, quien es Enrique Sachero, y ahí se procede a estudiar el pedido.
Pablo Rojas explicó que el artículo 96 y 97 del estatuto partidario se establecen las sanciones de primer, segundo y tercer orden. Dentro de esas sanciones, las del primer orden es la más grave, ya que establecen la expulsión y cancelación de la afiliación por 10 años.
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Según explicó Rojas, no existe el mandato imperativo. Si bien hay una directiva del directorio que debían cumplir los diputados, la cual algunos desobedecieron, no se rige como mandato por estar justamente prohibido por la Constitución.
“Si bien nosotros no podemos expedirnos sobre eso sin que exista una investigación previa, es el fiscal partidario quien debe presentar su parecer y recién ahí nosotros tomamos una determinación. La conducta ética como tal no está especificada en el estatuto”, dijo el miembro del tribunal partidario.
Por su parte Armando Sosa dijo que la cuestión del mandato imperativo se rige de acuerdo a cuando determinadas acciones van contra los propios principios. “Votar a favor de la pena de muerte, si va contra tus principios, ahí se da el tema del mandato imperativo”, explicó.
Sin embargo, afirmó que hay que entender que se vive en una sociedad de hombres libres, decidiendo quienes están y quienes forman parte de la organización. “Ese creo que es el rol del tribunal de conducta, de acuerdo al comportamiento de los parlamentarios”, sentenció.
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