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La ley más conocida como muerte civil de electores que no votan plantea una multa de medio jornal, G. 49.000, que si no es abonada ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), se impedirá cualquier trámite ante la SET, Identificaciones, Registros Públicos, Catastro, Registro del Automotor, trámites ante municipios y gobernaciones y subsidios de la SAS.
Actualmente la citada multa monetaria ya existe, por la ley N° 6858, pero no se aplica por falta de reglamentación.
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El plan de impedir trámites estatales a la ciudadanía fue presentado por el polémico senador Enrique Riera (ANR, cartista) y fue ratificado por el Senado cuyos miembros insisten que la democracia tiene sus derechos y obligaciones por parte de la ciudadanía. Los diputados eliminaron los impedimentos en el primer tratamiento, pero finalmente la sancionaron en su segunda vuelta para ser luego remitida al Ejecutivo.
En su justificación por el veto total N° 7583, el Ejecutivo sostuvo que bloquear el acceso a programas sociales es un castigo desproporcionado porque se contrapone al funcionamiento de la estructura de protección social, construida para apoyar a los sectores más vulnerables de la población.
“De darse paso a esta medida, las personas soportarían la profundización de su condición de vulnerabilidad, puesto que, en tanto no cumplan con el pago de la multa por haber faltado a la votación, verían frustrada la transferencia monetaria, lo que significaría una intensificación de la situación de exclusión en la que se hallan”, señaló.