Senado crea tipo penal de sicariato, pero posterga definir penas en específico

La Cámara de Senadores aprobó en general el proyecto de ley que crea un tipo penal específico para castigar los crímenes por encargo (sicariato). Sin embargo, se postergó por 15 días el estudio en particular de sus artículos, debido a que existían varias propuestas de redacción que podrían causar problemas en el Código Penal. La propuesta inicialmente pretende imponer penas de prisión de hasta 30 años para sicarios e instigadores.

El Senado aprobó crear la figura penal del sicariato, aunque falta definir la redacción final.
El Senado aprobó crear la figura penal del sicariato, aunque falta definir la redacción final.Gustavo Machado

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La Cámara de Senadores aprobó en general el proyecto de ley “Que incorpora al Código Penal el hecho punible de sicariato”, aunque la redacción final deberá definirse dentro de 15 días, ya que existían tres textos bases que buscarán consensuar, el de los proyectistas, el de la Comisión de Legislación y el de la bancada del Partido Democrático Progresista (PDP).

De hecho, la senadora Desirée Masi (PDP) fue la que alertó que la modificación del Código Penal es muy delicada, ya que tiene su parte general, la especial, y que hacerlo de manera desordenada podría incluso “traer problemas en la aplicación de la ley”.

El senador Fidel Zavala (PPQ), uno de los proyectistas iniciales, se allanó a esta propuesta y pidió la aprobación en general y el estudio en particular dentro de 15 días.

La modificación planteada originalmente es crear en el artículo 105 del Código Penal un inciso B, específicamente para crímenes definidos como sicariato, en el que se establece que tanto el sicario como el mandante o instigador tendrán la misma pena, de hasta 30 años de prisión.

Asimismo, se plantea castigar a “facilitadores” de este tipo de crímenes con penas de hasta 20 años, así como también para aquellos que publiciten este tipo de “servicios” de crímenes por encargo.

También se prevé castigar en el eventual caso de que se utilice a menores de edad (inimputables) para cometer este tipo de crímenes.

La propuesta también establece que corresponderá una pena de prisión de 20 a 30 años en caso que la víctima cumpliera una función pública o social relevante” y que ello pueda considerarse motivo de su asesinato.

Inicialmente también se planteó incluir en el artículo 105 original del Código Penal, que establece el tipo penal de homicidio doloso, a que entre los agravantes que puedan permitir elevar la pena hasta 30 años de prisión, a aquel que en un asesinato “actuara por sí y por cuenta propia con ánimo de lucro”.

En este caso, el senador Fernando Lugo (FG) propuso que se elimine esa modificación, ya que según determinaron en comisiones, al incluir un inciso específico sobre sicariato no es necesario e incluso “podría quedar despenalizada la coautoría o la autoría mediata”.

Por estos y otros inconvenientes, en estos 15 días pretenden ajustar la ley para que sea realmente aplicable y aprobarla en particular. Tras ello, deberá pasar a Diputados para su estudio.

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