Depende de Alliana poner en marcha la Comisión Bicameral de Investigación sobre lavado de dinero

Para que la Comisión Bicameral de Investigación (CBI) de carácter transitorio, para la investigación de hechos punibles de lavado de dinero, entre en funcionamiento precisa que Diputados designe a sus tres representantes.

El presidente de la Cámara de Diputados, Pedro Alliana (ANR, HC), deberá firmar la resolución de integración de la comisión bicameral de investigación de lavado de dinero
El presidente de la Cámara de Diputados, Pedro Alliana (ANR, HC), deberá firmar la resolución de integración de la comisión bicameral de investigación de lavado de dineroFERNANDO ROMERO

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Está en manos de los diputados colorados y la oposición designar a sus tres representantes que integrarán la Comisión Bicameral de Investigación (CBI) sobre lavado de dinero. La Cámara de Senadores ya comunicó a la Cámara de Diputados la designación de Jorge Querey (FG), Enrique Buzarquis (PLRA) y Juan Afara (ANR).

El líder de la bancada cartista, Basilio “Bachi” Núñez integrará la comisión bicameral de investigación por el cartismo, el oficialismo debe definir a su representante y en la oposición deberán consensuar entre la representante de la multibancada Kattya González (PEN) y Édgar Acosta (PLRA).

El presidente de Diputados, Pedro Alliana (ANR, HC) debe firmar la resolución vía administrativa comunicando al Senado la designación de sus tres representantes. Una vez instalada elegirán a un presidente, vicepresidente a un relator. Correrá el plazo de 60 días hábiles.

El funcionamiento de la comisión bicameral de investigación funcionará en momentos en que se revela un informe que involucra al expresidente Horacio Cartes en una red de empresas para lavar dinero de contrabando de cigarrillos.

Las actividades investigativas serán realizadas de forma coordinada con la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes, el Banco Central del Paraguay y el Ministerio Público, Poder Judicial.

Transitorio

La Comisión Bicameral de Investigación de Carácter Transitorio servirá para la investigación de hechos punibles de lavado de dinero y otros delitos conexos, tendrá una duración de 60 días hábiles, prorrogable por un plazo igual o menor, y elevará a consideración de cada una de las Cámaras del Congreso informes sobre sus actividades que incluirán el estado en que se encuentran las investigaciones en cada caso.

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