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A través de su Auto Interlocutorio (AI) N° 1118, el juez penal de garantías Rolando Duarte dispuso la suspensión de la prisión preventiva para Miguel Darío Sánchez Romero y el cumplimiento de la medida cautelar de arresto domiciliario en el marco de la causa penal en su contra por presunta violencia familiar cometida contra su pareja fallecida, Jessica Paola Duarte Scappini.
En audiencia de revisión de medidas sustanciada este viernes, la defensa de Miguel Sánchez, ejercida por el abogado Andrés Casati, el cambio de la medida cautelar y ofreció como lugar para su cumplimiento la casa de la madre del imputado Lidia Ester Romero, ubicada en el barrio Pinosá de Asunción, en zona de la sede del club Guaraní.
Por su parte, la fiscala de la causa Fátima Villasboa, manifestó durante la diligencia que en atención a los presupuestos que hacen a la vigencia de la prisión preventiva, como el peligro de fuga, este se ha desvanecido, pues se tienen documentaciones que dan cuenta del arraigo del incoado, por lo que la agente no vio obstáculo para que se conceda el arresto domiciliario.
Así también añadió que, si bien se encuentran pendientes de realización diligencias técnicas, “entendemos que el procesado difícilmente podría influir en los técnicos y peritos asignados, guardando reclusión domiciliaria, esto independientemente a que el Ministerio Público tiene la sospecha acerca de la participación de Miguel Sánchez en el supuesto hecho punible de violencia familiar del que habría resultado víctima Jesica Duarte”.
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En base a todo lo expuesto, tanto por la defensa como por la Fiscalía, el magistrado tomó la determinación de reemplazar la medida cautelar vigente hasta hoy. Así también, la admisión de la fianza personal de la mamá del imputado a quien intimó para que, en el plazo de 20 días, sustituya por una fianza real hasta cubrir la suma de G. 100 millones; además de la prohibición de salir del país.
Víctima de violencia familiar falleció por enfermedad grave, reveló autopsia
De acuerdo con el informe del Dr. Pablo Lemir, relacionado a los resultados de la autopsia practicada al cuerpo de Jessica Paola Duarte Scappini y elevado el 17 de diciembre a la fiscala Yrides Ávila, que indagaba un presunto feminicidio, la mujer falleció a causa de una muerte súbita provocada por una enfermedad grave, como en este caso, la púrpura trombocitopénica fulminante.
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En el escrito forense, Lemir detalla que se halló un edema cerebral en el cuerpo de la mujer, pero que no se correlaciona con las lesiones físicas traumáticas detectadas en zona del ojo izquierdo y la región frontal derecha. Añadió sobre estas lesiones, que “no ponen en riesgo la vida”. En cambio, “las lesiones de tipo pupúricas son secundarias a un trastorno de la coagulación y estas lesiones si tinene correlación con la causa de muerte”.
En cuanto al periodo de padecimiento, Lemir señaló en su informe que “no corresopnde a una enfermedad de larga data, sino que se desarrolla de manera rápida y aguda, pudienco evolucionar en horas o pocos días. Se caracteriza por la destrucción masiva de plaquetas mediadas por mecanismos inmunológicos”.
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Al respcto, enfatizó el médico forense que “en este caso, y ante este diagnóstico, estamos ante una muerte natural de tipo súbita”.
También, según expuso Lemir, se detectó un edema pulmonar, pero “no se encontraron signos de asfixia mecánica (de causa externa) ni traumatismo que pudieran explicar el edema agudo”. Al respecto señaló además que este pudo ser una complicación de la enfermedad y como tal “es un contribuyente importante en el proceso de la muerte”.
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Ahora bien, explicó que “los traumatismos, incluso leves, pueden exacerbar y hacer más evidentes las lesiones purpúricas en pacientes con púrpura trombocitopénica. Esto se debe a la fragilidad vascular”. En este sentido, “si bien el cuerpo presentaba lesiones traumáticas en partes blandas, las mismas no comprometen la vida por lo que no fueron consideradas como causa de la muerte”.