Joven que perdió un ojo en Kingfish: otorgan arresto domiciliario a presunto agresor

Elián Fernando Tomás López Torres, presunto agresor de una joven que perdió un ojo en el bar Kingfish, fue beneficiado con el arresto domiciliario. Una Cámara de Apelaciones había ratificado la prisión preventiva en Tacumbú, pero una jueza dio un giro a su situación.

El presunto agresor de Dahiana Benítez (20) en el bar Kingfish de Asunción, identificado como Elián Fernando Tomás Torres López deberá cumplir prisión preventiva, por orden del juez.
El presunto agresor de Dahiana Benítez (20) en el bar Kingfish de Asunción, identificado como Elián Fernando Tomás Torres López, fue beneficiado con el arresto domiciliario.ABC Color

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Dahiana Montserrat Benítez (20) es una joven que recibió el impacto con un vaso de vidrio en el bar Kingfish. La agresión fue directamente a su ojo derecho, lo que derivó en la pérdida de este órgano. Se logró identificar al presunto atacante, que fue imputado y un Juzgado le decretó la prisión preventiva.

Sin embargo, este jueves, la jueza Diana Carvallo, otorgó a Elián Fernando Tomás López Torres (24) la medida de arresto domiciliario, luego de una audiencia de revisión. Hace unos días, la Cámara de Apelaciones había confirmado la prisión preventiva decretada por el juez Rolando Duarte, respecto al procesado por lesión grave.

La víctima Dahiana Montserrat Benítez Ramos (20), quien perdió completamente el ojo derecho.
La víctima Dahiana Montserrat Benítez Ramos (20), quien perdió completamente el ojo derecho.

Las medidas que la jueza le impuso

Además de permitirle seguir el proceso estando recluido en su casa, López, la magistrada le impuso varias medidas.

- Prohibición de salida del país sin autorización expresa del Juzgado.

- Tiene prohibido acercarse o molestar a la víctima y a los familiares de la víctima por cualquier medio.

- La obligación de comparecer a la audiencia preliminar a ser fijada en su oportunidad.

- Está obligado a no cambiar el número de teléfono en donde él recibirá las correspondientes notificaciones.

- La obligación de presentar, en el plazo de 30 días hábiles, una fianza real y/o personal que cubra la suma de G. 150 millones, con la correspondiente documentación que avale la solvencia del fiador y/o la tasación y condiciones de dominio en caso de que se trate de inmuebles.

- La promesa del procesado de someterse en legal y debida a la presente causa, bajo apercibimiento de que caso de incumplimiento de algunas de las medidas impuestas, estas serán revocadas y sustituidas por la prisión preventiva.

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