Abren sumario a jueza de Fernando de la Mora por suspender nueve audiencias

La superintendencia de la Décima Sexta Circunscripción, Central, del Poder Judicial, abrió un sumario contra una jueza Liz María Ramírez Cabrera que suspendió nueve audiencias por diferentes motivos. Un abogado criticó el actuar de la magistrada porque atenta contra el plazo razonable de una causa.

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La superintendencia de la Décima Sexta Circunscripción, Central, del Poder Judicial, a cargo del ministro de la Corte Suprema de Justicia Eugenio Jiménez Rolón, abrió un sumario a la magistrada Liz María Ramírez Cabrera, jueza de primera instancia de Fernando de la Mora.

Según expresó el ministro durante una sesión de la Corte, la jueza habría suspendido nueve audiencias por diferentes motivos.

“Aquí esto afecta al justiciable, tanto a la víctima como al procesado que busca se busque la verdad real, pero esta morosidad afecta, como dice el ministro Ramírez Candia, al plazo razonable”, dijo en radio Ñandutí el abogado Robin Miranda.

El letrado dijo que si no se cumplen los plazos, entonces se genera la violación de un debido proceso y los derechos de la víctima y del procesado, porque la labor del abogado es simplemente ser un auxiliar de justicia, pero cuando se quejan, lo primero que hacen es abrir un sumario al abogado. “Se tienen que controlar la hora de entrada y salida de estos jueces”, afirmó.

Abogado ya denunció por mora a otro juez

Miranda contó que hace tres meses le denunció al juez Pedro Nazer, que integra también el mismo tribunal, junto con Rilsy Ortiz y otras magistradas más, y agregó que la Cámara de Apelaciones de Central tiene 30 nulidades de juicios orales porque no se dictaron sentencias definitivas en tiempo y forma.

“¿Qué tiene el ciudadano común para probar? La constitución de un escribano público, constatamos nuevamente de que no se dictó sentencia definitiva en tiempo y forma, se declaró la nulidad, me abrieron un sumario, del que fui absuelto recientemente y el juez Pedro Nazer fue trasladado hasta Paraguarí. ¿Pero qué traslado? Debe ser enjuiciado por la alta morosidad, por no cumplir con sus funciones, y esto lo presenté ante la Corte Suprema de Justicia y hasta hoy día no tenemos un resultado”, criticó.

Cuestionó que como juez penal de sentencia uno no puede tener treinta nulidades en un año, y que las mismas deben ser denunciadas ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

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