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El gremio de abogados sostiene que los jueces Darío Hernán Estigarribia Ramírez, Alberto David Arguello Díaz y Griselda Shirley Morales de Díaz, al proceder de esta manera, deliberadamente dejaron de observar las leyes procesales y actuaron sin imparcialidad. Solicita al órgano juzgador de magistrados que disponga la suspensión preventiva de los denunciados y que se traiga a la vista el expediente para analizar en detalle la actuación de los magistrados.
El caso es en el marco del juicio caratulado Ministerio Público contra José María Bogado, César Quevedo Isnardi y Vicente Arévalos Coronel por posesión y tráfico de drogas peligrosas en la colonia Fortuna Guasú, departamento de Amambay.
Tribunal no actuó con imparcialidad
De acuerdo con la denuncia, el Tribunal de Sentencia demostró a lo largo del juicio oral y público que no actuaba con independencia e imparcialidad inclusive admitiendo pruebas obtenidas de forma ilegal como ser las escuchas telefónicas que se hicieron sin autorización judicial.
El último día de audiencia, uno de los acusados pidió la palabra, manifestó que no confiaba en los miembros del Tribunal de Sentencia y decidió recusar al pleno. Los magistrados simplemente dijeron que téngase presente y seguían con el desarrollo del juicio, a lo que el abogado Víctor Hugo Ortiz volvió a recusarlos con expresión de causa.
Llamativamente, el Tribunal rechazó su propia recusación alegando que durante el juicio se han presentado sendas recusaciones que son meramente dilatorias, y todas fueron rechazadas en su oportunidad. Por tanto, decidió continuar el juicio oral que terminó con una condena de 19 años de cárcel para los dos procesados.
El gremio de abogados remitió las actas del juicio oral y público donde consta que el Tribunal resolvió su propia recusación, y pidió la suspensión los denunciados.