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Conforme a la lectura de la sentencia, se confirmó la existencia del hecho punible de feminicidio, así como la responsabilidad del acusado en el crimen. Los hechos ocurrieron cuando Elvio Ramón Quiñónez Bogado llegó a la residencia de su expareja Claudelina Chaparro Gauto y disparó varias veces contra ella, hiriéndola gravemente. A pesar de intentar refugiarse en su vivienda, Claudelina perdió fuerzas y falleció en el lugar.
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Tras cometer el crimen, Quiñónez Bogado huyó de la casa a bordo de una motocicleta y se mantuvo oculto durante casi un año hasta que en setiembre de 2021 fue localizado por la Policía en una estación de servicios ubicada en Capitán Bado, en la frontera con el Brasil y fue detenido.
El fiscal Leonardo Cáceres, quien representó al Ministerio Público en el juicio oral, destacó que la condena de 28 años de prisión fue solicitada de acuerdo con la gravedad del crimen. Además, señaló que Elvio tenía una prohibición previa de acercarse a Claudelina debido a un caso de violencia familiar, que había denunciado la víctima. El hoy condenado violó esa orden de alejamiento para cometer el feminicidio, lo que agrava aún más el hecho.
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El Tribunal de Sentencia estuvo compuesto por las juezas Librada Beatriz Peralta Céspedes, Marcelina Quintana de Acosta y Mirna Carolina Soto González, quienes tomaron la decisión unánime de condenar a Quiñónez por feminicidio.