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Por decisión unánime el Tribunal de Sentencia que preside el juez Juan Carlos Zárate Pastor e integran los magistrados María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro absolvió de culpa y reproche al exministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat Dany Durand Espínola tras concluir que la fiscalía no probó en el juicio oral que el mismo haya mentido en las declaraciones juradas que presentó en los años 2018 y 2019 ante la Contraloría.
Si bien García de Zúñiga expresó que la declaración jurada de bienes y rentas que se presenta al ente contralor es una prueba testimonial como tal y que el funcionario no puede mentir en su declaración jurada sin que esto tenga consecuencia; el colegiado concluyó que en el caso de Dany Durand no se probó el delito.
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Al respecto, el presidente del tribunal resaltó que en este caso se violó el debido proceso porque no se realizó el análisis de veracidad, tal como establece la Ley 5.033, pues la Contraloría General de la República solo hizo el análisis de correspondencia.
Zárate agregó que si bien en la declaración jurada que presentó el 4 de setiembre de 2018 el también ex diputado colorado consignó algunos datos que no eran correctos, en la rectificativa presentada el 13 de noviembre de 2019 “aclaró las incongruencias detectadas por Contraloría con información veraz”.
Sobre este punto, el juez de Sentencia agregó que la ley establece la posibilidad de presentar una declaración rectificativa y que Durand solo hizo uso de su derecho.
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Fiscalía pidió 3 años de pena para Durand
En los alegatos finales, los fiscales Natalia Fuster y Néstor Coronel, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, pidieron una condena a 3 años de cárcel para Dany Durand por mentir tanto en la declaración presentada en el 2018 como en la rectificativa.
Tras conocer la sentencia del tribunal, los agentes del Ministerio Público indicaron que aguardarán el fallo de absolución de forma íntegra para analizar los argumentos de los magistrados, y luego resolverán si presentan un recurso de apelación.
La sentencia escrita será entregada por el tribunal a las partes el próximo martes 9 de abril, a las 13:00. Desde ese día el Ministerio Público tendrá 10 días hábiles para apelar el fallo de absolución.
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