Dos presos fueron sobreseídos luego de tres años de prisión por errores en el proceso judicial

Dos personas que estaban privadas de libertad en la penitenciaría Regional de Misiones fueron sobreseídas luego de que se corrobore que sus derechos procesales y constitucionales fueron violados. El Tribunal de Sentencia encontró varias inconsistencias en el proceso de los mismos desde su inicio. Los jóvenes no fueron representados por un abogado durante las medidas cautelares, por lo tanto no fueron notificados de su imputación.

Alejandro Daniel Romero Portillo y Alexis Fabián Benítez Medina, junto con la marihuana incautada.
Foto de archivo: Alejandro Daniel Romero Portillo y Alexis Fabián Benítez Medina, junto con la marihuana incautada en 2019.Archivo, ABC Color

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Alejandro Romero y Alexis Benítez, que estuvieron privados de libertad por casi tres años en la Penitenciaría Regional de Misiones, ahora fueron sobreseídos. La abogada Wilma Martínez, en representación de la Defensa Pública, demostró que los jóvenes ni siquiera fueron notificados de su imputación por lo que estaban siendo procesados.

Martínez manifestó que este caso le notificaron de oficio como Defensora Pública en 2019, seis días después de la detención de los mismos. “Cuando a mi me notifican para asumir la defensa, solicitó intervención al Juzgado Penal de Garantías y me constituí a la Penitenciaría Regional de Misiones”, detalló a ABC TV.

Al solicitar la intervención ya notó un error de parte del Juzgado. Es decir, a ellos los detuvieron y el fiscal especializado de Lucha contra el Narcotráfico les imputó dentro del plazo establecido, pero ellos fueron llamados a una audiencia de imposición de medidas cautelares después de dos días, a pesar de que el plazo es de solo 24 horas.

Los hombres fueron imputados por tenencia de sustancias estupefacientes, según calificación primaria del agente fiscal, pero no estuvieron acompañados de un abogado defensor. “Entonces el proceso ya comienza con una irregularidad al cometerse esa falta. Se violaron los principios constitucionales con derechos a la defensa como así los procesales y sus plazos”, expresó la abogada.

Martinez detalló que continuó la investigación y a los jóvenes se les acusó por tenencia de estupefacientes. “En la audiencia preliminar interpuse una serie de incidentes. Solicité la nulidad del acta de procedimiento policial, el acta de análisis primario, así también el anticipo jurisdiccional de pruebas y el juzgado no me concedió las nulidades que solicité en ese momento”, relató la representante legal.

Acto seguido, concluyó la audiencia preliminar y el Juzgado abre una etapa de deliberación y fija un plazo de seis días para la notificación y lectura de la resolución de esa audiencia preliminar. “En esa audiencia, me presento, porque no existe tal etapa posterior a la audiencia preliminar. Todas las cuestiones deben ser dictadas al instante todas las cuestiones que se presentan”, resaltó la abogada como otra irregularidad en el caso.

En la audiencia preliminar se resolvió elevar el caso de los jóvenes a juicio oral y público. “Sabemos que el juicio oral y público es inapelable. Nuestra última oportunidad era presentar un incidente de nulidad absoluta para el proceso al inicio del juicio oral y público. Era la última forma para demostrar el error que se generó en el Juzgado Penal de Garantías”, dijo la abogada en ABC TV.

Atendiendo al análisis que hicieron, el Tribunal de Sentencia decidió anular el proceso y sobreseer a los jóvenes. “Ellos hoy se encuentran en libertad. La sentencia se encuentra firme en vista a que el Ministerio Público no interpuso apelación. Entendieron que derechos procesales y constitucionales fueron violados”, explicó.

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