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La defensa de Miguel Ángel Insfrán, alias Tío Rico, ejercida por el abogado Miguel Ángel Mendieta, planteó un recurso de reposición con apelación en subsidio contra la resolución de la jueza penal de garantías Especializada en Crimen Organizado, Rosarito Montanía, a través de la cual se ordena el traslado del procesado en A Ultranza a la Prisión Militar de Viñas Cue, situada en el barrio Botánico de Asunción.
Según la defensa, Tio Rico recibió amenazas por parte de agentes de la SIU-Senad, que también habrían intentado extorsionar a Insfrán, situacion en la que funda el temor por su integridad teniendo en cuenta que en la prisión de Viñas Cue hay exagentes de dicha institución presos por el crimen de la niña Vivian Paredes Zanotti Cavazzoni.- Esta es la razón por la que solicitó su traslado a la Penitenciaría Nacional de Tacumbú o la Penitenciaría Regional de Coronel Oviedo, donde presume el abogado que estaría más seguro.
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En otro momento el abogado Mendieta señaló que la jueza lo calificó como una persona de alta peligrosidad, calificación que según explicó corresponde recién para una persona condenada mediante la realización de un perfil criminológico y en la etapa de ejecución de la condena.
El procesado Miguel Ángel Insfrán, había sido detenido en Brasil el pasado 9 de febrero y posteriormente fue extraditado a Paraguay el 19 de mayo último. El mismo pasó a guardar prisión preventiva en la Prisión Militar de Viñas Cue, el 25 de mayo, donde por autorización judicial y bajo estricto control militar puede comunicarse con su abogado y familiares a través de un celular.
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Tío Rico: defensa cuestiona resolución de magistrada
El abogado Miguel Mendieta señaló en su escrito presentado que “esta representación se ve afectada y agraviada con la decisión de haber dictado la providencia de fecha 25 de mayo del año 2023, atendiendo que la misma resulta nula, infundada y autoritaria, ya que la juez de control ha violado la defensa en juicio conforme al artículo 282 del CPP (control judicial), en concordancia con los artículos 16,17 y 256 de la Constitución Nacional, es por ello que esta decisión debe ser direccionada y revocada por contrario imperio”.
“Criticamos la providencia donde esta magistratura ordena el traslado del imputado a la Prisión de Viñas Cué, contrario a las denuncias hechas por el propio imputado y por esta defensa técnica, tanto en la audiencia de imposición de medidas cautelares, así como públicamente en contra de los agentes especiales de la Senad”, añadió el letrado.
El abogado de Tío Rico señaló que la vida de su defendido corre peligro debido a que comparte el mismo espacio de reclusión con agentes de la institución antidrogas, cuestión en la que funda su petición de traslado a la penitenciaría de Tacumbú o la de Coronel Oviedo, pues “de conformidad al informe remitido por el Ministerio de Justicia quienes manifiestan estar capacitados para recibir a mi defendido y ofrecen las garantías de resguardo y seguridad”.
Desde el Ministerio de Justicia se remitió la nota MJ/GM/ N°235/2023, con fecha 23 de mayo, a la jueza penal de garantías Especializada en Crimen Organizado Lici Teresita Sánchez, a través de la cual se informó al juzgado que esa cartera “considera como destinos viables para el lugar de reclusión, tras las evaluaciones llevadas a cabo por las áreas de Inteligencia, así como las condiciones de infraestructura y seguridad”, proponiendo los dos penales citados.
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Tío Rico: el protocolo de uso de celular en Viñas Cue
De acuerdo con el AI N° 114 emanado por el juzgado de la jueza penal de garantías Especializado en Crimen Organizado, Rosarito Montanía, se disponen medidas de seguridad para el procesado Miguel Ángel Insfrán, así como de restricción de contacto con los demás hombres del sitio, salvo autorización del director de la prisión militar.
Sin embargo, Tío Rico cuenta con un permiso judicial para el uso de un aparato móvil en su lugar de reclusión, a través de un “protocolo para el uso de teléfono celular” a fin de que este se comunique con familiares y abogado defensor.
En ese sentido, el juzgado estableció los días lunes y miércoles, de 9:30 a 11:30, para que Miguel Ángel Insfrán haga uso de un celular entregado por los militares solamente para llamadas a familiares y abogado debidamente acreditados. Esto está sujeto a modificaciones, según las necesidades, situaciones acaecidas o comportamiento del procesado.
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El juzgado estableció que las llamadas, normales o videollamadas, tendrán duración máxima de 15 minutos, además serán con la finalidad de promover el acercamiento del imputado con familiares y abogado defensor debidamente acreditado, a través de comunicaciones monitoreadas y bajo vigilancia por los militares designados.
Dentro de este régimen, el personal encargado de la vigilancia llevará un registro de las llamadas hechas por Miguel Ángel Insfrán Galeano, en un libro debidamente foliado y firmado por el funcionario designado, en el que se consignará: fecha y hora; número al que desea llamar; nombre y apellido de la persona con quien se comunicará; grado de parentesco o afinidad, debidamente acreditado; duración de la llamada, y; firma del procesado.
Es así que con esos datos, el Director del Penal Militar de Viñas Cue, deberá remitir al Juzgado un informe semanal de las actividades y del comportamiento del imputado junto con documentos que lo acrediten.