Atropello de conductor a motociclista: Fiscalía debe cerrar el caso en un mes y medio, dice abogado

El abogado penalista Guillermo Duarte Cacavelos analizó el caso fatal del conductor de la plataforma Bolt que atropelló y mató a un motociclista porque le rozó el retrovisor, hecho ocurrido el lunes por la noche en Ñemby. Dice que el Ministerio Público debe tomar como ejemplo el caso y cerrar el caso en al menos un mes y medio.

Motociclista muere tras ser embestido por un automóvil en Ñemby
Motociclista muere tras ser embestido por un automóvil en Ñemby

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“Escuché la declaración de la fiscal y eso es un homicidio muy duro”, calificó el abogado penalista Guillermo Duarte Cacavelos sobre el caso del conductor de Bolt que embistió y mató a un motociclista por rozar su retrovisor el lunes por la noche en Ñemby. Asimismo señala que el homicidio doloso tiene una penativa privativa de hasta 20 años, con la modificación del 2008.

El conductor del vehículo, José Alfredo Gómez Vera (20) atropelló al motociclista Pedro Juan Bobadilla Quiñónez (47) luego de que el motociclista supuestamente rozara su espejo retrovisor. Decidió seguirle por fuera del camino que debía, ya que brindaba el servicio de Bolt.

El caso debe ser ejemplo de celeridad

Cacavelos dice que este es un caso en el que el Ministerio Público debe dar un ejemplo. La fiscal Gladys Gónzález tuvo que pedir un mes y medio para investigar y cerrar el tema. “El video es la prueba palpable de que hay que aplicar sanción a esta persona y demostrar cómo se puede resolver un caso penal en menos de un mes”, dijo.

Aseveró que la fiscalía tiene el tiempo suficiente para obtener oficialmente las grabaciones de circuito cerrado, esperar los test toxicológicos y cerrar el caso. “No hay nada que discutir. Esperamos que el poder Judicial pueda resolver las cosas en tiempo como debe ser y dar como respuesta en tres meses una sentencia condenatoria”, aclaró.

No puede justificarse como legítima defensa, según abogado

Sobre la posibilidad de justificar como legítima defensa, Cacavelos explica que la situación de conflicto que se tiene que generar es que exista una agresión presente. Que la situación haya empezado y no haya terminado. “Hablamos que la agresión es que la propiedad del conductor se vio destruida, porque rompió el espejo retrovisor, pero el motociclista ya huyó, es decir ya terminó y se acabó la agresión”, manifestó.

En ese sentido, a partir de que se acaba la agresión, se termina la posibilidad de medir una legítima defensa. Solamente la legítima defensa se puede medir en una agresión presente, reiteró.

“Él utiliza el vehículo como arma contundente para dirigirse al ser humano y atropellarle”, analizó Cacavelos. Agrega además que el conductor sobrepasa obstáculos de seguridad, además presentándose una reja y vivienda en frente.

Conductor pudo haber causado la muerte de otras personas

Cacavelos agregó además que el conductor de Bolt también expuso la vida de otras personas. “El tema es que se toma de una manera personal y reacciona persiguiéndole y determinando a atropellarle. Pudo haber causado la muerte también de los que estaban en esa casa y de los acompañantes en el vehículo”, refirió.

Sobre la posible condena del conductor, Cacavelos dice que él no ve elementos para agravar la pena como un homicidio agravado. “Creo que va a un hecho penal de homicidio que va de cinco a 20 años, por la forma en que se desarrolló el tema. “No hay legítima defensa ni hay exceso de terror ni confusión, pero tampoco hay un agravante ni alevosía. La persona hizo lo que entendía que tenía que hacer conforme a su iter criminis. La pena justa es de 5 a 20 años”, analizó.

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