Condenan a un hombre por incumplimiento del deber alimentario

El Ministerio Público comunica que un hombre fue condenado a dos años con suspensión a prueba por incumplimiento del deber alimentario. Ante esto, el acusado ahora debe cancelar su deuda acumulada hasta el año 2021 o caso contrario, pasaría a cumplir la pena privativa por el hecho.

Imagen de referencia de prestación/asistencia alimenticia.
Imagen de referencia de prestación/asistencia alimenticia.Shutterstock

Cargando...

La fiscala Gladys González obtuvo la condena de 2 años con suspensión a prueba a un hombre por el incumplimiento del deber alimentario. Ante lo decidido por la justicia, el denunciado debe cancelar la deuda acumulada hasta hace dos años.

Sobre el caso, el ahora condenado no depositó de modo correcto y regular en la cuenta abierta en el Banco Nacional de Fomento, dispuesta por el juzgado de la Niñez y la Adolescencia de Lambaré, cuando en mayo de 2010 fue establecida la asistencia alimentaria de 300.000 guaraníes mensuales, pero ante el incumplimiento de la resolución, la madre de la niña propició nuevamente su demanda.

Conforme a las investigaciones del Ministerio Público, la suma total de lo adeudado había alcanzado G. 28.300.000, pero según precisó la agente del Ministerio Público, el hombre realizó una serie de depósitos ya iniciado el juicio y también se presentaron una serie de recibos que disminuyeron la deuda vigente a un monto superior a los dos millones de guaraníes.

“Recién en juicio presentó recibos firmados y en algunos casos depositaba menos o dejaba de depositar por mucho tiempo. Actualmente él se encuentra condenado pero con suspensión a prueba y si no cumple con lo establecido, se revoca la suspensión y pasará a cumplir la pena privativa”, explicó la fiscala en comunicación con ABC Color.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...