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El penalista José Casañas Levi explicó que para ejercer la legitima defensa, se necesita que exista una agresión inminente o que esté ocurriendo y que la única manera de rechazar la agresión sea utilizando la fuerza, o lo que tenga a su alcance para evitar ser dañado.
En ese sentido, dijo que en el caso en el que un conductor atropelló a dos presuntos motoasaltantes, matando a uno e hiriendo al otro, se podría categorizar en legítima defensa, si se comprueba el relato de la víctima con otros elementos, como cámaras de circuito cerrado.
El relato hecho por el comisario por el comisario Mario Ortellado, jefe de la comisaría 7ª, dos personas en una motocicleta intentaron asaltar a los ocupantes de un vehículo. El conductor en la huida, habría atropellado a los presuntos criminales que le cerraron el paso y le dispararon, uno de los presuntos asaltantes murió y el otro quedó herido de gravedad.
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Dijo que si bien hay que abrir una investigación, no es necesario imputar a nadie. “Acá no hace falta hablar ni de emoción violenta, o de homicidio con reproche reducido, porque la legítima defensa automáticamente elimina la conducta ilícita”, aseguró Casañas Levi.