Modificando la jubilación

Sin mucho ruido ni difusión, el Poder Ejecutivo remitió al Legislativo en la semana que termina, el proyecto que modifica el período tomado como referencia para calcular la jubilación correspondiente a los asegurados del Instituto de Previsión Social.

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A instancias del propio Consejo de Administración del IPS, el proyecto propone que sean tomados los últimos 120 meses, o 10 años de aportes del trabajador, y no los últimos 36, o 3 años, como está establecido actualmente.

El argumento principal es que con este método de cálculo se combatirá una práctica fraudulenta que se realiza históricamente contra la previsional, con la que mediante la complicidad del empleador y el empleado, se eleva artificialmente, o se sincera, el salario declarado como pagado al trabajador durante los 3 años previos a la jubilación.

Pero ¿por qué los últimos 10 años, y no los últimos 5 o 7?, la respuesta de las autoridades del IPS suele ser siempre la misma: “eso responde más que nada a recomendaciones de orden actuarial” conforme nos lo reiteraba el viernes pasado en la 730AM, el director de jubilaciones y pensiones Carlos Cabral.

Hace tiempo, cuando se empezaba a hablar de esta propuesta, también anunciaban que la idea era tomar los mejores 10 años de vida laboral para no perjudicar al trabajador, ya que se estimaba que los mejores ingresos no se percibían precisamente antes de jubilarse, sino varios años antes, entre los 40 y los 50, argumentando que ese es el período de mayor productividad del trabajador.

Con ese elemento que parecía atractivo para el asegurado lograron minimizar la controversia en el debate, pero la idea también desapareció con la misma respuesta standard: por recomendaciones de orden actuarial.

Desde el IPS defienden el proyecto, argumentando además que se plantea una implementación gradual, a razón de un mes de aumento para el cálculo por cada mes de vigencia de la ley, así por ejemplo tras el primer mes de vigencia de la norma se tomarán ya los últimos 37 meses del asegurado, tras el segundo, los últimos 38, y así sucesivamente, hasta llegar a los 120 meses al cabo de 7 años de vigencia de la ley.

Y para quienes piensen que esto no les afectará porque ingresaron con otras reglas al sistema jubilatorio, y argumentan la irretroactividad de la ley, el IPS ya respondió que no existen los derechos en expectativa, por lo que esto abarcará también gradualmente a todos los aún no jubilados, y abarcará plenamente a quienes no lleguen a serlo dentro de los próximos 7 años.

Otro argumento de los responsables es que también la modificación equiparará a todos los trabajadores dentro del sistema jubilatorio del IPS, ya que los maestros del sector privado o los trabajadores independientes se jubilan tomando como referencia los últimos 120 meses de aportes.

guille@abc.com.py

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