Cargando...
En la semana que termina, los diputados resolvieron mandar al archivo un proyecto de ley que podría haberse convertido en una útil herramienta para combatir la corrupción y la impunidad en la administración de los recursos del país.
La iniciativa legislativa presentada por el diputado colorado Daniel Centurión planteaba varias modificaciones al Código Penal, con el objetivo principal de establecer que los delitos de corrupción cometidos por los administradores del dinero público no prescriban con el paso del tiempo, fijando también sanciones más duras para los responsables.
El proyectista justificaba que sería un pequeño aporte contra la grosera impunidad que arroja como producto el sistema de justicia en ese contubernio que existe entre el responsable de los actos de corrupción pública y privada, y los actores del sistema judicial.
“Fiscales y jueces corruptos que cajonean los expedientes, se prestan a las chicanas, y llega el tiempo de extinción de la causa por prescripción, por el que (los corruptos) se van sobreseídos definitivamente con todo el dinero que le robaron a la gente”, argumentaba Centurión, durante la sesión del miércoles pasado.
El documento con las reformas a la legislación penal vigente establecía además que la calidad de funcionario, del autor de los hechos punibles, o incluso de haber invocado falsamente el nombre del Estado, de una entidad pública, o de la administración pública constituían una circunstancia agravante convirtiendo al hecho de corrupción directamente en un crimen.
El proyecto también contemplaba endurecer las penas posibles para los diferentes tipos penales de los casos calificados como actos de corrupción.
Así por ejemplo para la lesión de confianza se establecía que en caso de que el autor o los autores fuesen funcionarios, el marco penal posible pasaría a ser de diez a veinticinco años de cárcel.
Para el lavado de dinero se pretendía elevar también las penas posibles a entre diez y veinticinco años, para la asociación criminal de diez a quince años, para la omisión de aviso de un hecho punible de cinco a ocho años, para el cohecho pasivo de cinco a diez años y para el cohecho pasivo agravado de diez a quince años.
El apartado más fundamental del proyecto es el que declaraba en uno de sus artículos como imprescriptibles los hechos punibles cometidos por los administradores de los recursos públicos, con la intención de transmitir el mensaje de que sin importar el paso del tiempo, podría llegar en algún momento a hacerse justicia con quienes medraron con el dinero y los demás recursos públicos.
Pero toda esta intención fue sepultada el miércoles por 42 diputados, encabezados por la bancada cartista, y secundados por otros oficialistas colorados y varios liberales que se presentan como el “nuevo liberalismo”.
Varios habían sido los diputados que argumentaron en favor del proyecto, en contra hubo una sola voz, la de la líder de la bancada cartista Rocío Abed, quien intentó justificar la decisión con el argumento de que la Constitución no permite declarar otros delitos como imprescriptibles.
Falso. Lo que hace la Constitución en su artículo quinto es establecer que son imprescriptibles varios delitos de lesa humanidad, pero no impide que otros delitos también lo sean.
Es lo que por ejemplo le recordó el diputado Rodrigo Blanco, cuando mencionó que de hecho ya fueron declarados imprescriptibles por ley los abusos sexuales contra niños y adolescentes.
Poco importaron los argumentos, y como ya viene ocurriendo durante este período de gobierno, casi sin contrapuntos y a votazo limpio el proyecto fue enviado al archivo.
En su argumentación, el proyecto sostenía que “de hecho, la corrupción es utilizada por el crimen organizado para ejercer influencia y penetrar en las estructuras económicas, administrativas y políticas, y en nuestro país, ya ha llegado al estadio sistémico y transnacional”.
Nada más que agregar.