¿Es legítima la transformación educativa?

La única institución constituida por ley y formalmente competente para proponer institucionalmente reformas o cambios en el sistema de educación nacional es el Consejo Nacional de Educación y Ciencias (Conec).

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La Ley 1264/98 General de Educación (arts. 92 al 107) y la Ley 5749 Carta Orgánica del MEC, (arts. 22 al 25) ordenan y definen la naturaleza, funciones, perfil de los miembros, etc., del Conec, expresando el mandato en estos términos: “El Consejo Nacional de Educación y Ciencias es el órgano responsable de proponer las políticas educativas, la permanente mejora del sistema educativo nacional y acompañar su implementación en la diversidad de sus elementos y aspectos concernientes” (Ley Carta Orgánica, art. 22).

El presente Gobierno de la República, en vez de acatar el mandato de las dos leyes, lleva casi cinco años desobedeciéndolas, e impune y arbitrariamente no ha creado dicho Consejo Nacional de Educación y Ciencias, exigido por las dos leyes.

En cambio ha creado desde principios de su gobierno, un comité estratégico para el proyecto de transformación de la educación. Primero lo creó nominalmente sin respaldo jurídico y dos años después, el 2019, lo creó por decreto número 1.083 firmado por el Presidente del gobierno.

Dicho comité y sus equipos y mesas técnicas elaboran el proyecto de transformación de la educación, atribuyéndose y usurpando el rol que por leyes le corresponde al Conec.

Pregunté en el título de este artículo si es legítima la transformación educativa que elabora el comité con sus equipos y el MEC. La pregunta ahora es: ¿Acaso puede un decreto suplantar a dos leyes fundamentales vigentes?

Los dictadores violan impunemente las leyes y gobiernan con decretos. En democracia, las leyes son sagradas y todos somos iguales ante la ley.

El proyecto de transformación educativa está violando también el artículo 76 de la Constitución Nacional, y el 12 de la Ley General de Educación, porque está cambiando el sistema educativo nacional sin la obligatoria “participación de las distintas comunidades educativas”, que ni han sido creadas ni el susodicho proyecto propone crearlas.

Es más, el desprecio y desacato a las leyes es tan cínico que proponen crear “Comunidades de aprendizaje”, que no están prescritas en ninguna ley, eliminando las Comunidades Educativas que son parte esencial constitutiva del sistema educativo nacional y están mandadas por un artículo de la Constitución Nacional (76) y siete de la Ley General de Educación (los arts. 7, 11, 12, 16, 19, 20 y 22).

Reducir las comunidades educativas a comunidades de aprendizaje es hundir a los educandos en el subdesarrollo humano, difícilmente reversible, ya que el aprendizaje es el proceso por el que se adquieren conocimientos y la educación es el proceso complejo por el que se desarrolla integralmente la persona con su personalidad con y en todas sus dimensiones (biológica-corporal, psicológica, social y espiritual) y todas sus potencialidades desde su identidad irrepetible.

Al eliminar las comunidades educativas, violando la Constitución Nacional y la Ley General de Educación, destruyen el órgano fundamental de la democracia en el sistema educativo y en los procesos de formación democrática de los educandos.

Al imponer la ideología de género violan el artículo 74 de la Constitución Nacional, que garantiza el pluralismo ideológico en educación y condena la imposición de una ideología específica. Además de atropellar el derecho natural, destruye la familia, la patria potestad y los derechos y deberes de educar y “dirigir el proceso de educación de los hijos” que incumben a los padres y el derecho a la vida de los hijos desde su concepción...”.

Impresionante devastación de varios artículos desde el 49 y siguientes de la Constitución Nacional y de los artículos 70 y 71 de la Ley del Código de la Niñez.

No tengo espacio para seguir analizando, pero les aseguro que hay más leña para cortar.

Tal como se perfila el proyecto de transformación educativa es tan anárquico como escandaloso. Con los datos que tenemos, estaríamos ante una promiscua violación de la Constitución y las leyes. Y en este caso, dada su insólita gravedad, mayor por tratarse de educación, corresponde a los organismos pertinentes del Estado definir la supuesta situación de desacato a lo legislado y restablecer urgentemente el orden jurídico en el sistema educativo nacional.

jmonterotirado@gmail.com

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