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Riera asumió que su visión, para la defensa de las barreras, se puede sintetizar como “Estado de Derecho con reducción de riesgos reduciendo la libertad”. Le agradecí su sinceridad, porque permite visibilizar la idea detrás de las barreras.
En efecto, el 21 de setiembre, un mes atrás, también en LPM por la 730 AM ABC Cardinal, Mauricio Bejarano, asesor jurídico de la Agencia de Tránsito, había argüido que en EE.UU. o en Alemania no necesitan barreras policiales “porque tienen una cultura superior”.
Bejarano admitió que “no se puede seguir la lógica que fundamentó nuestra Constitución porque se hizo contra algo (la dictadura) ya superado” y sostuvo que “abandonar las barreras policiales para satisfacer a nuestra Constitución sería un proceso dificultoso de romper usos y tradiciones muy enraizados”.
El miércoles 20 de octubre, el senador Mario Martín Arévalo, en Mesa de Periodistas por ABCtv, recordó que otro argumento de los defensores de las barreras es que la garantía de protección del derecho a la vida establecida en el Artículo 4 de nuestra Constitución “puede usarse para derogar” (a discreción del Gobierno) “otros Artículos de la Carta Magna en conflicto con el Artículo 4″.
De hecho, el día anterior, martes 19 de octubre, el senador Hugo Richer había señalado, en LPM por la 730 AM ABC Cardinal, que la línea argumental de Agencia de Tránsito en defensa de barreras es que el Artículo 4 de nuestra Constitución deroga sus Artículos 9, 12, 17 y 33 “porque están en conflicto” (con el 4).
Quiénes hayan leído o tengan conocimiento de la obra del célebre constitucionalista alemán Carl Schmitt saben que su postulado central era que el Gobierno puede determinar, según sus apremios, qué parte de la Constitución aplicará restringiendo otras a su discreción.
Lo enunció por primera vez en su obra “Die Diktatur” (Sobre la dictadura) de 1921, libro que conmovió profundamente e influyó decisivamente en Adolfo Hitler, quien llegado al poder en 1933, designó a Schmitt director jurídico del III Reich.
La mayoría de 31 senadores que votó por las barreras votó por instrumentar el Artículo 4 de nuestra Constitución para derogar sus Artículos 9 (impidiendo que se proteja nuestra libertad); 12 (autorizando que se nos detenga sin flagrancia); 17 (eliminando la presunción de inocencia) y 33 (dando autoridad a magistrados sobre conductas privadas que no afectan a terceros).
Se observa fácilmente, pues, que la mayoría de 31 senadores que votó por las barreras votó por la doctrina de que algunos Artículos de nuestra Constitución pueden usarse para derogar otros, siguiendo hasta la última coma la doctrina jurídica del principal asesor constitucional de Hitler.
Si le agregamos que eso se hace porque los paraguayos “somos culturalmente inferiores” como sugirió Bejarano y que “nuestra Constitución es difícil de seguir”, tenemos el cuadro completo. De terror.