Ruptura constitucional

Del capricho de una hija rica (mayor de edad) a una ruptura constitucional hay un largo trecho, pero en Paraguay las autoridades y los políticos autoritarios han recorrido ese camino a pesar del reclamo ciudadano.

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El Ministerio Público (MP) no controló a un poder fáctico cuando este públicamente violó la ley en un largo proceso público. Y el Ministerio Publico fue controlado políticamente por un poder fáctico durante una continua y pública violación de la ley.

En consecuencia, la violación a la autonomía constitucional del MP es flagrante (art. 266). Dicha violación representa una ruptura constitucional porque las decisiones del MP dependen de hecho de una persona, Horacio Cartes Jara, quien goza de impunidad que se extiende a su familia y amigos de diversión. El MP ha roto por omisión coactiva su mandato constitucional de representar a la sociedad ante los órganos jurisdiccionales en el caso de las violaciones legales de la boda Cartes-Bendlin.

El Estado de derecho requiere de instituciones que controlen el cumplimiento de la Constitución y la ley, y que sean autónomas del poder político para que estén en condiciones de garantizar dicho cumplimiento sin otorgar privilegios ni hacer discriminaciones. Si estos supuestos no se dan, el quiebre constitucional es evidente.

El caso se agrava porque quien es individualizado como el poder fáctico no es una persona anónima, sino un socio político activo del actual Presidente de la República, cofundadores del movimiento Concordia Colorada. Eso explica la displicencia del Gobierno Nacional que consintió y protegió las violaciones constitucionales. Los dimes y diretes del ministro de Salud y del ministro del Interior han evidenciado la debilidad de la administración pública ante el poder real de Horacio Cartes Jara.

Cuando el poder fáctico se impone tan burlescamente a las instituciones del Estado, la Constitución se quiebra. No existe un orden constitucional con garantías de igual trato para la ciudadanía.

La situación es grave. El poder fáctico ha demostrado su fortaleza inclusive en el plano político y también ahí ha doblegado al “poder de la lapicera”. Antes, Mario Abdo Benítez lideraba su propio movimiento político en un 100%. Ahora, comparte en un 50% el poder formal con HC con quien se vio obligado a fundar el movimiento Concordia Colorada. Mario Abdo está entre “las generales de la ley” y su amistad política, aunque sea formal, le impide ir contra los violadores de la Constitución. Él ya no toma las decisiones en un 100% y menos en única y última instancia.

¿Qué harán los partidos parlamentarios de oposición? Su responsabilidad es defender la democracia constitucional y garantizarle a la sociedad instituciones confiables. ¿Seguirán concurriendo a sus comisiones parlamentarias tratando otros asuntos como si aquí nada pasó? ¿Cómo harán para que, pese a sus escasos votos en las Cámaras del Congreso, puedan hacer sentir su voz y ejercer una presión política valedera que ponga en evidencia ante la comunidad nacional e internacional este estado de cosas inconstitucionales? Mínimamente, se debe dar una parálisis legislativa en reivindicación de la vigencia de la Constitución.

Dejar pasar este grave caso sería claudicar en la lucha por la democracia y esta exige creatividad cuando las vías usuales están bloqueadas. Para una alternancia política no solo se requiere del desgaste de figuras autoritarias, sino también del surgimiento de líderes democráticos comprometidos con la Constitución y el pueblo.

(*) Abogado constitucionalista. Investigador jurídico independiente.

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