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El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) tiene como objetivo garantizar la devolución de los depósitos hasta un límite máximo establecido por la Ley 2334/03, ante la eventual resolución o liquidación de algún banco o compañía financiera.
Los depósitos están protegidos hasta el equivalente de setenta y cinco (75) salarios mínimos mensuales en cada banco y/o compañía financiera y por cada persona física o jurídica, lo que equivale a G. 209.873.175 (US$ 26.909).
De acuerdo con registros oficiales del Banco Central del Paraguay (BCP), a diciembre de 2024, los depósitos del sistema financiero privado (sin BNF) alcanzaron la suma de 151,42 billones de guaraníes, en tanto que la deuda de los depositantes susceptible de compensación antes del cómputo de la garantía acumuló un saldo de 145,31 billones de guaraníes.
El reporte de la banca matriz revela que los depósitos garantizados una vez deducida la compensación se situaron en 25,97 billones de guaraníes, representando el 17% de los depósitos totales (G. 151,42 billones). En cuanto a los recursos totales del fondo ascienden a US$ 1.110,9 millones, lo que representa el 2,5% del Producto Interno Bruto (PIB).
En términos interanuales, estos recursos mostraron un crecimiento de 12% interanual, explicado especialmente por los recursos en dólares y, en menor medida, por los fondos en guaraníes. Este comportamiento se relaciona en parte con la política de inversión del FGD, que le permite invertir hasta el 70% de los recursos en dólares.
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¿Cómo se alimenta el fondo y cuál es su finalidad?
Los recursos del fondo se incrementan a partir de los aportes trimestrales que realizan las instituciones financieras (en función al saldo promedio de los depósitos) y el rendimiento que generan las inversiones que realiza el FGD.
El Fondo de Garantía de Depósitos tiene como finalidad proteger los depósitos del público, en caso de que alguna entidad financiera atraviese por problemas de solvencia. Para ello, se garantiza a los depositantes que los saldos mantenidos en cuenta serán devueltos de forma total o parcial.
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Es un régimen explícito, limitado, obligatorio y oneroso, constituido con financiamiento público y privado, para proteger parcialmente el ahorro del público, en las entidades financieras privadas autorizadas a operar por el Banco Central del Paraguay. El FGD fue creado por Ley Nº 2334 del 12 de diciembre 2003.
El FGD es administrado y contabilizado por el Banco Central del Paraguay en forma separada. El FGD no forma parte del patrimonio del Banco Central del Paraguay, y tiene el mismo régimen tributario de éste y sólo puede ser utilizado para el cumplimiento de los fines establecidos en la Ley Nº 2334/03