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El proyecto de ley “Que autoriza al Poder Ejecutivo - Ministerio de Defensa Nacional, a transferir en venta a favor de su actual ocupante, una fracción de terreno individualizada como parte de la finca Nº 916, padrón Nº 1763 del distrito de Villa Hayes, utilizada como planta de tratamiento de residuos y emprendimientos socioambientales”, fue aprobado la semana pasada por la Cámara de Senadores y el Ejecutivo la promulgaría en días más. Se trata de un predio que forma parte de los humedales del Bajo Chaco, ocupando un área de 8.500 hectáreas.
Sobre la finca 916, la Contraloría General había emitido un informe en que recomendaba la no disposición de desechos en el lugar debido a cuestiones ambientales y que antes fue área silvestre protegida. “Las actuaciones del Ministerio de Defensa ponen en peligro la pérdida de valor patrimonial del Estado Paraguayo, por su actitud cuanto menos pasiva, debiendo por ello impedir la prolongación de cualquier contrato con personas físicas o jurídicas que se encuentren ocupando la finca Nº 916 del distrito de Villa Hayes, desarrollando actividades que no sean ambientalmente compatibles con un área silvestre protegida”.
El informe, firmado por Enrique García, dictaminaba que “las actividades de cualquier empresa dedicada al tratamiento y disposición final de residuos (..) no puede considerarse como una actividad ambientalmente compatible con un área silvestre protegida, por lo que el Ministerio de Defensa Nacional debe inmediatamente arbitrar los mecanismos necesarios para evitar proseguir con arrendamientos de fracciones de terreno de la finca Nº 916 dedicados al tratamiento de residuos”.
Se exhortaba que la Secretaría del Ambiente (Seam) intervenga arbitrando para ello medidas y mecanismos para un plan de clausura y post clausura.
En el 2011, El Farol SA solicitó una autorización a la Secretaría del Ambiente para almacenar residuos peligrosos dentro de la finca 916, en Villa Hayes, lo cual fue concedido, pese a su carácter de área silvestre protegida. Gracias a la modificación de decretos que permitieron cambiar de categoría al “Área silvestre protegida”, que pasó de ser de dominio público a dominio privado y de “Refugio de vida silvestre” a “Reserva de recursos manejados”. Esto trajo como consecuencia “permitir conjugar el mantenimiento de la diversidad biológica con la utilización sustentable de los ecosistemas y sus componentes”.
Además, esta propiedad del Estado se convirtió en un inmueble muy codiciado. Gran parte fue invadida por los “sintierras”, que formaron asentamientos. La mayoría de las ocupaciones fueron alentadas por políticos y líderes campesinos con la promesa de la tierra propia, pero el predio no es apto e incluso fue declarado área protegida.