Terminan modificaciones de Ley de Tránsito

La Cámara de Diputados culminó este martes el estudio de las modificaciones de la Ley Nacional de Tránsito. Ahora, el proyecto de modificación pasa al Senado.

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En sesión extraordinaria que se inició aproximadamente a las 09:00 de este martes, la Cámara de Diputados dedicó una tercera jornada al estudio de las modificaciones de la Ley 5.016/14 de “Tránsito y Seguridad Vial”. Decenas de artículos fueron modificados, algunos con mayor celeridad que otros.

Entre los puntos más discutidos estuvieron algunos incisos del artículo 60, como la prohibición de utilización de inhibidores de radares, la circulación con un volumen exagerado de equipo de sonido y la utilización de pantallas led dentro de los rodados. Sobre estos puntos definieron que los inhibidores quedan prohibidos, así como la circulación y el detenimiento de vehículos con un volumen exagerado de equipo de sonido. En cuanto a las pantallas de entretenimiento, quedan permitidas solo para transporte público ya sea de corta, mediana o larga distancia y solo podrán ser operadas por el conductor cuando los vehículos estén quietos.

Este fue quizás uno de los puntos más debatidos entre los diputados: el numeral 6 del artículo 94, que establece que en caso de que un vehículo retenido por una falta no sea retirado en el plazo de seis meses, se procederá mediante un juzgado de faltas a notificar al propietario y emplazarlo por seis días para que pague la multa y retire su rodado, pues de lo contrario el vehículo será rematado.

El diputado Dionisio Amarilla cuestionó duramente este artículo diciendo que directamente se viola con esa regla el artículo 109 de la Constitución Nacional. “Maduro queda un poroto frente a esta redacción”, dijo sobre la característica de que se dispondrá el remate de un bien privado. Pidió eliminar dicha regla o modificarla, porque la propiedad privada es inviolable.

La diputada Fabiola Oviedo, quien es la proyectista de las modificaciones, se sintió aludida y dijo que desde hace un año, especialmente desde hace un mes, ella y sus asesores vienen siendo ofendidos, tildados de autoritarios, paranoicos y que ahora además la compararon con el presidente de Venezuela. Luego, justificó la regla indicando que están plenamente establecidos los motivos por los cuales se puede retener un vehículo, como por ejemplo cuando el autor de un accidente de tránsito trate de darse a la fuga, o cuando una persona conduzca bajo efectos del alcohol u otras drogas.

Asimismo, indicó además que seis meses es tiempo suficiente para juntar el dinero de la multa -que aseguró como máximo será de G 1 millón- y retirar el vehículo. Sin embargo, Amarilla indicó que la multa máxima estará rondando los G. 1.700.000 y que no los diputados no pueden medir cuánto tiempo es necesario para que una persona reúna el dinero para pagar la multa. También el diputado Antonio Buzarquis dijo que ese numeral es cuasi confiscatorio y que, por ello, debería ser modificado. Finalmente, el diputado Bernardo Villalba propuso que se modifique solo el emplazamiento de los seis últimos días y que se use el procedimiento ya previsto en la ley para rematar un bien.

Amarilla cuestionó el artículo 95 que establece la obligatoriedad de someter a cualquier conductor al alcotest. Pidió que la obligatoriedad sea establecida solamente para casos de accidentes de tránsito, porque consideró que no se puede presumir que todos los conductores están bajo efectos del alcohol. El diputado Eber Ovelar, quien medió en varias ocasiones para tratar de zanjar los conflictos, propuso que solamente sea obligatoria la prueba para conductores sorprendidos en la comisión de una causa probable de hecho punible. Esta propuesta fue aceptada.

La sesión terminó cerca de las 13:00 de este martes. Los diputados volverán a sesionar hoy a las 14:30. 

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