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Lobos conversó este martes con radio ABC Cardinal sobre el caso del pastor evangélico Serafín Navarro, quien la semana pasada “confiscó” los elementos rituales que pertenecen a la cultura y las tradiciones de los mbya guaraní de la casa de un anciano indígena de 97 años, con el argumento de que estaba “expulsando demonios”. Esto ocurrió en la comunidad guaraní Ko’ê Poty de Caaguazú.
“Estamos investigando qué fue lo que pasó. Se debe respetar lo que son los pueblos originarios. Estamos investigando de dónde es el pastor y ver qué medidas tomar”, explicó Lobo, cuyo viceministerio depende del Ministerio de Educación y Ciencias.
Lobos no descartó un posible pedido a la fiscalía de investigación en este caso.
Para la autoridad, lo que hizo Navarro fue “una medida personal” y no una representación completa del cristianismo al que dice representar el pastor. “Esta cuestión fue una medida personal tomada por este pastor, no creo que tenga que ver con el cristianismo”, dijo.
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“Evidentemente, esta cuestión debe ser investigada, ver a qué pertenece y si está inscrita en el Viceministerio de Culto”, precisó, al tiempo de comentar que el Estado está en proceso de registrar a las diferentes entidades que pregonan todo tipo de creencias con el fin de hacer respetar la libertad de culto, consagrada en la Constitución.
“Hasta donde pudimos ver, (el pastor) no tiene registro dentro del Viceministerio”. Navarro pertenece a la llamada Iglesia Pentecostal “Príncipe de la Paz”.
La Red de Entidades al Servicio de los Pueblos Indígenas (Redespi) denunció ayer, lunes, al pastor por su actuación contra Leguizamón Rivarola (97), tomoi (líder religioso) de la comunidad guaraní Ko’ê Poty de Caaguazú.
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“El afectado fue violentado en su propia casa, siendo despojado por el mencionado pastor evangélico de sus objetos rituales”, indica parte de la denuncia presentada ante la fiscalía.
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El escrito presentado al Ministerio Público destaca que el ultraje a la fe y a las creencias religiosas se ha hecho público (a través de un video hecho por los agresores) y el pastor de la iglesia evangélica se expone a la pena de cárcel conforme a lo establecido en el Art. 233 del Código Penal, sobre “Ultraje a la profesión de creencias”.