Seam regulará importación de acondicionadores de aire

Desde marzo de 2015, La Secretaría del Ambiente (Seam) iniciará un proceso de reducción gradual para controlar la importación de estos aparatos, debido al gran impacto negativo que en la capa de Ozono.

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Se trata del programa de “Reducción Gradual de Importación de Tecnologías que utilizan sustancias agotadoras de la Capa de Ozono (SAO)”, asentada en la resolución 1242/14 de la Seam, cuyos detalles fueron presentados este viernes a importadores profesionales y técnicos de refrigeración.

El documento establece que a partir del 1 de marzo del 2015 se prohibirá la importación de equipos de aire acondicionado con una capacidad de enfriamiento de hasta 24.000 BTU/h, hasta 60.000 BTH/h o su equivalencia en kW, o superior a 60.000 BTU/h, o su equivalencia en KW.

Sin embargo, las casas comerciales podrán seguir comercializando las unidades de estas características que aún estén en stock después de la citada fecha.

La Seam, a través de la Dirección General del Aire y la Unidad de Ozono, acompañarán los controles a partir de marzo del 2015, que se realizarán en Aduanas.

Durante la socialización de los alcances de la normativa, los profesionales y técnicos sugirieron agregar ciertas especificaciones en la resolución 1242/14 que no están expresas, con el fin de evitar confusiones y conflictos llegada la fecha de restricción.

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