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Conforme al Decreto N° 1.264, firmado por Horacio Cartes en 2014, se dispone que “a partir del cuarto domingo de marzo de cada año, se atrase en sesenta (60) minutos la hora oficial, y que el primer domingo del mes de octubre de cada año, se adelante en sesenta (60) minutos”.
El cambio de la hora responde a una recomendación de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), que quiere evitar inconvenientes en su sistema de distribución de energía en horarios pico de consumo de la electricidad.
La ANDE señala la importancia de que el consumo de energía eléctrica en la actividad comercial esté finalizando, en la medida de lo posible, coincidentemente con la aparición de la luz solar, de manera que este componente de la carga comercial no contribuya con el aumento del consumo residencial, según expresa el considerando del decreto.