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El Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, no hizo lugar al recurso de amparo planteado en carácter de urgencia por representantes de la empresa San Gerardo, que explotaba la Línea 43 y cuyo permiso fue cancelado por el Viceministerio de Transporte, al incumplir el requisito de poner nuevas unidades en las calles.
Ante esta situación, la empresa pretendía que la justicia prohíba que otra empresa se haga cargo del itinerario que le correspondía hasta que se confirmó la cancelación del permiso, en diciembre de 2015, por no reunir los requisitos para el efecto, previa instrucción de un sumario administrativo a cargo de la mencionada instancia ministerial, refiere el informe institucional del MOPC.
La empresa en cuestión recibía severas críticas de los usuarios, por el mal estado de sus unidades, que en varias ocasiones sufrieron percances, como así también las pésimas condiciones de viaje que debían soportar. Ante las sanciones ministeriales, las empresas de transporte buscan a través de la justicia la posibilidad de seguir operando a pesar de las irregularidades; en ese sentido, el viceministro Juan Encina destacó que en los últimos tres años, el Poder Judicial revocó más de una decena de medidas que beneficiaban a empresas en falta