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Inicialmente, la tarifa que manejaba la SIS para automovilistas era de G. 300.000 anual, pero en vista a ajustes dentro del tarifario, ahora tendrán un recargo de G. 65.000 al precio anunciado.
“Esto libera de repetición al grupo familiar u otras personas que manejan el vehículo”, argumentó el superintendente Diego Martínez, al anunciar la conclusión de la reglamentación a la ley 4950 del SOAT.
Indicó que las motocicletas deberán abonar al año G. 180.000, mientras que los camiones de más de dos toneladas abonarán una prima de G. 565.000 anual.
En relación a buses del transporte público a partir de 10 o más pasajeros, sus propietarios deberán pagar cada año G. 765.000.
La reglamentación además establece que los propietarios de vehículos deberán presentar las acreditaciones de contar con el seguro para obtener la habilitación del rodado en sus respectivos municipios, desde el 1 de julio de 2014.
La vigencia del seguro se extenderá hasta el último día del mes de junio de 2015.
En caso de los motociclistas, los mismos deben contar con el seguro ya en el mes de marzo de 2014, fecha de renovación o perforación de registros de conducir.
“Para el trámite el conductor tiene que acreditar el cumplimiento de la contribución con el fondo de cobertura especial y la misma le servirá desde el 1 de abril hasta el 31 de marzo del año 2015”, señaló el superintendente.
Para los biciclos, el seguro tiene una cobertura por persona de G. 51 millones con capacidad de cúmulo de G. 102 millones en caso de ser afectado el acompañante, y hasta G. 154 millones si se involucra a un transeúnte.
En cuanto a los vehículos, el cúmulo de la cobertura por cinco personas será de G. 255 millones. Del monto, 300 jornales serán destinados a gastos en hospitalización (más de G. 19.100.000) y en el caso de incapacidad o fallecimiento, 500 jornales (G. 31.800.000), explicó Martínez.
El objetivo del SOAT es atender rápidamente a las personas que sufren lesiones en un accidente de tránsito, en un centro médico privado o público.
Lo que se cubre son los primeros auxilios, no los daños materiales del vehículo.