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“Al dar a conocer el 100% de los votos se plantea una dificultad de carácter práctico para una contienda electoral. Se establece un 92% de conocimiento del resultado, dejando un 8% para las impugnaciones que puedan resultar de la mesas electorales en los locales de votación”, argumentó Sebastián González, presidente del Tribunal Electoral Partidario ANR.
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González explicó que de conocerse el 100% de los resultados, y mediante el sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP) se anuncia ganador a uno de los candidatos, pero luego ese resultado se revierte por impugnaciones, por ejemplo, el mismo no querrá aceptar la derrota.
“No se da alternativa a que puedan variar esos resultados por el análisis del juicio de las actas”, dijo el presidente del TEI, agregando “en ningún lugar se da a conocer el 100% de los resultados”.