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En su presentación, la empresa indica que, en base a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 2051/03, de Contrataciones Públicas, en su Decreto Reglamentario Nº 21909/03, en los Arts. 4º, 20º 79º y 80º, el Tribunal Superior de Justicia Electoral ha limitado a potenciales oferentes de netbooks y escáners (ID de Licitación: 334882), a través "exigencias injustificadas" en el Pliego de Bases y Condiciones para el presente llamado.
Argumenta que con ello se viola abiertamente los principios de igualdad y libre competencia que deben regir las compras públicas, y que, en concordancia con la normativa vigente, las especificaciones técnicas deben establecerse "con la mayor amplitud" con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
Añade que, sin embargo, estas especificaciones deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. La empresa protestante teme que se trate de una licitación "amañada".
Infocenter considera, por ejemplo, limitativo el pliego en cuanto a la exigencia de una certificación ISO 9001 o similar dentro de los documentos adicionales requeridos.
Sobre el punto, añade que la convocante (TSJE) ha respondido con evasivas y sin hacer mención a las consultas realizadas por la empresa protestante, violando de manera abierta lo dispuesto en el Art. 4º, inciso C de la Ley Nº 2051/03, referente a la igualdad y libre competencia.
En relación a la protesta, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) remitó este jueves una nota al TSJE, solicitando que justifique lo referido e informe sobre el estado del procedimiento de contratación en una nota detallada y dirigida a la Dirección Jurídica de la Dirección, así como toda la documentación que considere pertinente, en el plazo de tres días hábiles.
Le recuerda igualmente lo dispuesto en el Art. 18º, de la Ley 3439/07, que establece: "Las entidades, organismos y municipalidades colaborarán para la eficaz gestión en materia de contrataciones públicas y deberán proveer toda la información relacionada con la materia que sea requerida por la DNCP".
Finalmente le advierte que la Dirección de Contrataciones Públicas "se reserva el derecho" de investigar de oficio y/o adoptar otras medidas pertinentes al caso, dentro del ámbito de su competencia.