Por interferir vuelos se exponen a una pena de seis años

Las personas que resulten imputadas por las interferencias en las comunicaciones del aeropuerto Silvio Pettirossi se exponen a una pena de seis años de cárcel, según el Código Penal.

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Según el  artículo 214, del Código Penal, que habla de las intervenciones peligrosas en el tránsito aéreo, naval y ferroviario, aquel que impidiera la transmisión de señales o informaciones, y con ello peligrara la seguridad del tránsito aéreo, naval o ferroviario, será castigado con pena privativa de libertad de hasta seis años. 

La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil denunció oficialmente ante el Ministerio Público la interferencia de las radiocomunicaciones en la frecuencia internacional de operaciones aéreas de la Torre de Control del Aeropuerto Silvio Pettirossi con lo que, según la DINAC, se puso en riesgo el aterrizaje seguro de algunas aeronaves.

A raíz de ello fue asignada la agente fiscal Cynthia Espínola, quien ya realizó las primeras diligencias. Entre éstas se encuentran el acceso a la grabación de una de las comunicaciones interrumpidas supuestamente por la integrante de uno de los sindicatos que están en huelga.

Se constituyó igualmente en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi a verificar la situación y el sistema utilizado para las operaciones desde la Torre de Control, así como la identificación de la persona que realizó la interrupción de una comunicación entre el piloto de un avión que iniciaba el proceso de aterrizaje y los operadores en tierra.

La agente del Ministerio Público también designó a un asistente fiscal para que permanezca en la Torre durante toda la noche y madrugada, de manera a labrar acta en el caso de que se produzca otra interferencia en las comunicaciones.

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