Pautas para acceder a pensión de adultos mayores

El Ministerio de Hacienda recordó los pasos y requisitos para acceder al Programa Pensión del Adulto Mayor, destinado a aquellas personas mayores de 65 años que se encuentran en situación de pobreza.

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La secretaría de Estado recalca que para acceder al programa estos adultos deben tener efectivamente 65 años o más, la nacionalidad paraguaya natural y ser residentes en el territorio paraguayo.

Añade que está dirigido a aquellos que no cuentan con remuneración alguna del sector público o privado, tales como sueldo, jubilación. Tampoco deben tener acceso a una pensión o un seguro social, entre otros, y no deben tener casos pendientes con la justicia.

En cuanto a procedimientos y procesos, que deben cumplirse "indefectiblemente", indica que son etapas que están a cargo de las municipalidades, el Ministerio Hacienda y la Secretaría Técnica de Planificación.

El proceso se inicia con la inscripción del adulto mayor para participar del censo, que se hace en la Municipalidad local. Una vez hecho, se esperan los resultados que serán dados a conocer también en la sede comunal correspondiente. Es la Secretaría Técnica de Planificación la encargada de este paso, de acuerdo al Decreto N° 6019/2016.

El siguiente paso es la comunicación a los beneficiarios y la recolección de los documentos, a cargo de la Municipalidad local, que posteriormente remitirá estos documentos a la Dirección de Pensiones No Contributivas del Ministerio de Hacienda para la incorporación final en planilla de pagos.

Cumplido este paso, el siguiente y último es la entrega de las tarjetas de débito, responsabilidad del Banco Nacional de Fomento (BNF).

El ministerio señala asimismo que la selección de la persona adulta mayor como potencial beneficiario del programa de la pensión alimentaria está sujeta al resultado del censo que lo califique en situación de pobreza, así como al cumplimiento de los requisitos administrativos para incorporación en la planilla fiscal de pagos, cuyas condiciones deberán ser mantenidas.

Recuerda que el segundo censo masivo, a nivel de distritos, fue realizado a través de la Secretaría Técnica de la Planificación, en el marco del Convenio de Cooperación con el Ministerio de Hacienda.

De conformidad al Decreto Nº 6019/2016, la STP es la encargada de la selección y atención de los reclamos de acuerdo al convenio suscrito, así como de los pedidos de informes y otros resultantes de la aplicación de la "Ficha Social".

 

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