Obligarán a cableoperadoras a incluir canales abiertos

Las empresas operadoras de cable (TV paga) deberán incluir en su grilla los canales de televisión abierta cuando estos se suministren de manera gratuita, según las aclaraciones dadas hoy por la Conatel sobre su última resolución.

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El ingeniero Víctor Martínez, asesor técnico de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), se refirió a los alcances de la resolución emitida la semana pasada sobre la regulación de los canales de aire en la grilla de los canales pagos.

Ayer se informó que oficialmente se determinó que las cableoperadoras paguen a los canales de televisión abierta por la emisión de sus señales. La nueva reglamentación se elaboró en base a la Ley Nº 1.328/1998, “De derechos de autor y derechos conexos”. En la fecha, el funcionario agregó que existe otra determinación que afecta a las operadoras de televisión paga: serán obligadas a incluir en su grilla los canales de TV abierta cuando estas permitan su reproducción de manera gratuita.

Reiteró que si los canales de televisión abierta pretenden algún retorno económico, se deberán negociar los términos entre las partes. Así, “si pretenden (los canales de TV abierta) cobrar, (las cableoperadoras) no tienen obligación de insertarlos en su grilla”. Al ser consultado sobre la cantidad de canales que deberán retransmitir, el técnico indicó que la determinación señala que las empresas tras la TV paga deberán reproducir “cuanta señal de aire esté dentro de su canal de operación, siempre y cuando se suministren de manera gratuita”.

Sobre el objetivo tras esta imposición, explicó que la misma fue pensada para favorecer al usuario. “Se quiere dar facilidad al usuario del servicio de TV paga y evitar que tenga que colocar otra antena para recibir los canales de televisión abierta”, refirió en contacto con Canal 100. Con respecto a los cuestionamientos sobre la calidad de los programas en los canales abiertos, indicó que “tal vez tengamos diferentes opiniones sobre la calidad de programas pero igualmente (deben estar a disposición)”.

De esta manera, las cableoperadoras deberán transmitir las señales de SNT (Canal 9), Paravisión (Canal 5), Sur TV, Televisora del Este, Telefuturo (Canal 4), La Tele (Canal 11), Red Guaraní (Canal 2) y Paraguay TV (canal estatal). Reafirmó que se trata de una medida ya resuelta, aunque indicó que las firmas involucradas pueden expresar su postura. “Todas las operadoras de cable están obligadas a tener a los canales de aire en su grilla; la obligación es incorporar a todas aquellas señales dentro de la grilla de programación”, sostuvo.

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