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Artemio Vera explicó que cuando un juez otorga un arresto domiciliario se debe comunicar a la Policía Nacional, para que custodie al reo. Agregó que los guardias de las cárceles no pueden ir hasta la casa de cada condenado para custodiarlos.
"El juez dio a entender que el que error fue de las autoridades de la penitenciaría y eso no es así. El juez otorgó un arresto domiciliario y es la Policía Nacional la encargada de que esta medida sea cumplida", afirmó Vera.
El juez de ejecución Eliodoro García había manifestado que otorgó el permiso para que Acosta Riveros se haga algunos estudios psiquiátricos y psicológicos, primero por cinco días y luego un prórroga de diez días, pero el reo nunca regresó a la cárcel de San Pedro donde cumplía una pena de 25 años de encierro.