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En la introducción del proyecto publicado en la web oficial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) se aclara que es presentado por la Misión Permanente de Brasil.
Primeramente, se cita la Declaración Universal de Derechos Humanos, que afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que a cada persona le es permitido ejercer todos los derechos y libertades.
Los puntos que se resolverían a través del documento son:
1. Condenar todas las formas de discriminación y los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género.
2. Instar a los Estados Miembros a que:
a) dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de su ordenamiento interno, consideren la adopción de políticas públicas contra la discriminación contra personas a causa de orientación sexual e identidad o expresión de género.
b) dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de sus sistemas, eliminen, allí donde existan, las barreras que enfrentan las lesbianas, los gays y las personas bisexuales, trans e intersex (LGTBI) en el acceso equitativo a la participación política y otros ámbitos de la vida pública, así como evitar interferencias en su vida privada.
c) a que fortalezcan sus instituciones nacionales con el fin de prevenir los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género, investigarlos y asegurar a las víctimas la debida protección judicial en condiciones de igualdad, y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.
d) en el ámbito de sus capacidades institucionales, produzcan datos sobre la violencia homofóbica y transfóbica, con miras a promover políticas públicas que protejan los derechos humanos de las lesbianas, los gays y las personas bisexuales, trans e intersex (LGBTI).
e) aseguren una protección adecuada de las y los defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia, discriminación y violaciones de los derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género.
f) aseguren una protección adecuada a las personas intersex y a que implementen políticas y procedimientos, según corresponda, que aseguren la conformidad de las prácticas médicas con los estándares reconocidos en materia de derechos humanos, y
g) apoyen los trabajos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en esta materia.
3. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que:
a) preste particular atención a su plan de trabajo titulado “Derechos de las personas LGTBI” y que continúe el trabajo de preparación del informe hemisférico en la materia, de conformidad con la práctica establecida por la propia.
b) continúe la preparación de un estudio sobre las leyes y disposiciones vigentes en los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que limiten los derechos humanos de las personas como consecuencia de su orientación sexual o identidad o expresión de género y que, con base en ese estudio, elabore una guía con miras a estimular la despenalización de la homosexualidad y de prácticas relacionadas a la identidad o expresión de género.
Estos son los puntos resolutivos del documento que Paraguay se niega a firmar, de acuerdo a las declaraciones del canciller Eladio Loizaga.
De hecho, ayer, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de resolución que apoyaba la decisión del Gobierno, luego de un caldeado debate en que se habló de aborto y matrimonio entre personas del mismo sexo, siendo que la resolución a presentarse en la asamblea no menciona estos temas.
La propuesta será presentada durante la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que se realizará del 3 al 5 de junio, en Asunción y Luque. El tema elegido para el encuentro es “Desarrollo con inclusión social”.