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De acuerdo al mencionado decreto del Poder Ejecutivo, el 31 de marzo se fija como límite para la perforación de los carnets de conducir en todos los municipios del país, a excepción de Asunción donde la revalidación depende de la terminación de la licencia y se lo vincula con los primeros nueve meses del año.
En caso de que el contribuyente acuda después de la fecha del vencimiento establecido por la normativa, la perforación del registro trae consigo un recargo establecido por cada comuna. En tanto que los controles en caminos y rutas se harían efectivos a finales del mes de abril.
Se prevé como cada año la afluencia masiva de contribuyentes en las ventanillas municipales, en los días previos al vencimiento, es así que cada municipio debe extremar sus recursos para cubrir la alta demanda que se presenta cuando se acerca este periodo a fines de este mes.
Un elemento a tener en cuenta tiene relación con la entrada en vigencia del registro único contemplado en la Ley de Tránsito y Seguridad Vial (N° 5016/14.), desde el 1 de abril con aplicación gradual, es decir si un conductor se encuentra con el registro al día en el municipio en que reside puede mantenerlo hasta su fecha de vencimiento, para luego acogerse al registro único.
Sin embargo esta ley que ratifica a los municipios como los responsables de otorgar el carnet, favorece a los intereses de la cuestionada Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal que pretende continuar cobrando por cada licencia de conducir expedida a las comunas asociada.
Los manejos irregulares generan descontento en varios intendentes que evalúan abandonar la organización, en tanto que el Congreso ya cuenta con un proyecto de ley para derogar las funciones de esta organización, específicamente en lo que respecta a sus atribuciones y al reconocimiento a la misma.
Con la derogación se otorga toda la atribución, trabajo y potestad a la Dirección Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, ente autónomo y autárquico creado con la promulgación de la ley N° 5.016/14.