Proyecto para suprimir uno de los apellidos

Un proyecto de ley presentado a la cámara de Diputados otorga a las personas la posibilidad de suprimir uno de sus apellidos a través de la vía judicial. La propuesta fue realizada por el legislador Édgar Ortiz (PLRA, Itapúa).

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La reglamentación plantea la modificación del Art. 12 de la Ley N° 1 “De reforma parcial del Código Civil” de 1992, el cual establece los procedimientos para inscribir a los hijos en el Registro Civil y detalla, entre otras cosas todo lo relacionado al orden de los apellidos, en qué caso se pueden suprimir y otras cuestiones específicas.

El proyecto de ley inserta una nueva posibilidad de que los hijos puedan optar por la supresión del apellido de cualquiera de sus progenitores a través de la intervención judicial. Nuestras normativas solo admiten hasta el momento el cambio o eliminación de uno de los nombres.

También uno podía optar por eliminar uno de sus apellidos por causales de pérdida de patria potestad “previstas en el artículo 73 de la Ley N° 1.680 del 30 de mayo de 2001, Código de la Niñez y la adolescencia", en caso de que esto ocurra antes de la mayoría de edad. Este pedido además podría ser hecho por uno de los padres.

“Los escasos contactos vividos con cualquiera de los padres, los reiterados gestos de burla recibidos, así como las actitudes humillantes y despectivas hacia la familia materna o paterna, hacen que una persona no se sienta identificada a usar dicho apellido”, se encuentra entre uno de los argumentos de esa propuesta según los datos proporcionados por la Cámara de Diputados.

 

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