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El pasado 12 de octubre fue aprobada por el Congreso Nacional la ley 5407/15 del Trabajo Doméstico, con seguro médico del IPS obligatorio. La ley empezó a regir desde el momento de su aprobación y se produce un cambio de régimen por el que los trabajadores domésticos empiezan a aportar. Esto implica que deben tener RUC los choferes, empleadas, jardineras, niñeras, entre otros. Lo que estipula la normativa es que el empleado deberá pagar a IPS G. 98.000 y el patrón 180.000 sobre un salario de G, 1.095.000.
Mónica Recalde, directora de Seguridad Social del Ministerio del Trabajo, reconoció en diálogo con la 780 AM que luego de que la ley se aprobara y cuando la recibieron quedaron desconcertados: "Nos sorprendimos del traspaso de este tipo de trabajadores al régimen general", para seguidamente afirmar que "en cuestión de derecho es un avance, pero en gestión contributiva de este sector es un retroceso".
"Al incluir las trabajadoras domésticas en el régimen general del IPS, no se tuvo en cuenta que estas personas ni siquiera tienen la capacidad contributiva. Hubo cuestiones que no fueron analizadas en su totalidad", indicó.
Si bien la ley aún no fue reglamentada - La Dirección de Mujeres trabajadoras tiene 180 días para reglamentar- ya existen cláusulas que deben aplicarse, pese a que "hay muchos vacíos jurídicos que no se tuvieron en cuenta a la hora de tratarla", cuestionó.
Reconoció que tampoco saben qué hacer con los empleados del servicio doméstico que ya tienen 55 o más años, que quizá no puedan pagar ese dinero para pagar su jubilación porque nunca podrán acogerse al beneficio.
Finalmente, aseguró que actualmente analizan mecanismos para simplificar los trámites, pero mientras no salga la reglamentación " se debe cumplir con la ley tal cual está".