Ley de declaración Jurada va al Ejecutivo

El proyecto de ley que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional sobre la obligatoriedad de presentar declaración jurada de bienes a los funcionarios públicos, fue enviada al Ejecutivo, que deberá promulgar o vetar la misma.

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La Cámara de Diputados, durante sesión extraordinaria de este martes, decidió remitir al Poder Ejecutivo el proyecto de ley que establecerá, en caso de ser promulgada por el Poder Ejecutivo, la obligatoriedad de los funcionarios públicos de presentar su declaración jurada de bienes, al ingresar y al salir de sus cargos.

La ley indica además que para quienes no presenten la declaración jurada habrá multas que serán desde los 300 jornales mínimos (G. 16.582.000), cesantía, hasta inhabilitación para ocupar cargos públicos por 10 años.

El proyecto de ley había sido aprobado y ratificado por la Cámara de Diputados en el 2012; y remitido al Senado para su estudio. La Cámara Alta tenía tiempo hasta el 5 de abril de este año para analizarla, y no lo hizo, por lo que la ley tuvo sanción automática.

Sin embargo, el entonces presidente del Senado, Jorge Oviedo Matto (Unace), maniobró para archivar la ley. Volvió a incluir en el orden del día del 11 de abril, y con el apoyo de sus colegas, logró el rechazo.
Ahora, los nuevos diputados tienen la oportunidad de enviar el proyecto al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.

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