Juez otorga medida de no innovar sobre territorio sagrado indígena

La Asociación Paî Tavytera obtuvo la medida de no innovar para proteger un sitio sagrado para el pueblo indígena Paî Tavytera, luego de que una empresa obtuviera el permiso del cercado del territorio, que fue otorgado a los indígenas por ley en 1993.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2074

Cargando...

El juez de primera instancia en lo civil y comercial del séptimo turno otorgó la medida de no innovar sobre la propiedad colectiva de la Asociación Paî Tavytera, denominada Paî Reta Joaju, donde está ubicado un sitio sagrado del pueblo indígena Pai Tavytera, informaron los asesores legales de la asociación en un comunicado a la prensa.

En 1993, las autoridades aprobaron la Ley 209/93, que restituyó el invalorable sitio sagrado llamado Jasuka Venda al pueblo paî tavytera. Diez mil hectáreas fueron documentadas a nombre de la Asociación Paî Tavytera. En 1990, el territorio en cuestión fue declarado Patrimonio Cultural vía decreto emitido del Poder Ejecutivo, por ser un espacio sagrado.

A pesar de las leyes existentes, el Juzgado de Pedro Juan Caballero sentenció en el 2009 a favor de la empresa Agropecuaria Industrial Forestal Central del Paraguay, ordenando la realización del cercado que desmembraría unas 300 hectáreas del sitio. La empresa es propietaria de más de 60.000 hectáreas en el distrito de Capitán Bado, Amambay.

Ante esta decisión y el riesgo inminente de los indígenas a ser desalojados de su propiedad, la Asociación Paî Tavytera solicitó la medida de no innovar.

El Pueblo Paî Tavyterâ –asentado en más de 50 comunidades autónomas en los departamentos de Amambay y Concepción– ha denunciado una serie de hostigamientos e intentos de desmembramiento del Jasuka Venda por parte de la empresa conocida como Estancia Paî Kuara.

Cabe recordar que la Constitución Nacional (Art. 64) señala que las tierras de los Pueblos Indígenas son inembargables, indivisibles, intransferibles, imprescriptibles, no susceptibles de garantizar obligaciones contractuales ni de ser arrendadas.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...