Juez ordena a padres vacunar a sus hijos

SAN JUAN BAUTISTA. El juez de la Niñez y la Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Misiones, abogado Camilo Cantero ordenó a dos padres a vacunar a sus hijos.

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El juez Cantero dio lugar a la medida de protección solicitado por la dirección del Hospital Regional de San Juan Bautista, Misiones, a favor de dos niños, para que los pequeños sean sometidos al Plan de Vacunación Oficial del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

La medida fue solicitada por el director del Hospital Regional, Dr. Nicodemus Rodríguez, a raíz de la negación de los padres de vacunar a sus hijos. El magistrado dictó un oficio a la Dirección del nosocomio para el cumplimiento de la resolución del Juzgado.

Uno de los niños, un varón, deberá recibir las siguientes vacunas: contra la varicela, hepatitis A, un refuerzo de la sabín oral y de la DPT (contra la difteria, antitetánica y anticoqueluche). La niña deberá ser vacunada contra la tuberculosis y falta de la aplicación de la vacuna pentavalente (contra el tétano, coqueluche, difteria, meningitis y la hepatitis B).

En su argumento el juez Cantero señala que la “dignidad humana es un valor, principio y derecho. Esta magistratura, deber garantizar que los niños tengan una vida digna en el futuro, libre de enfermedades infectocontagiosas, prevenibles, teniendo el Ministerio de Salud Pública de la República del Paraguay la responsabilidad de garantizar que el desarrollo y crecimiento de esos niños sean tal como lo esperan los padres preocupados por la administración de las vacunas”.

Añade que los niños deber ser vacunados a fin de dar cumplimiento a las normativas jurídicas del país en materia de salud pública. “Otro elemento importante es la real amenaza de la existencia de agentes patógenos hacia el resto de los niños de San Juan Bautista, debiendo prevalecer el interés colectivo sobre el individual”, expresa el fundamento del juzgado.

Agrega que en un “Estado social de derecho” la postura de quien se niega a recibir tratamientos de inmunización constituye así un potencial riesgo hacia los planes públicos de prevención de enfermedades y simultáneamente un apartamiento hacia deberes básicos respecto a la comunidad en su conjunto, debiendo en consecuencia ser jurídicamente exigido el cumplimiento de las normativas jurídicas.

El juez alega además que el modo de obrar de los padres perjudica derecho de terceros y que además queda fuera del ámbito de objeción de conciencia. Menciona a la Constitución Nacional que ordena la protección a la salud y los principios de interés superior del niño basado en el artículo 70 del Código de la Niñez y la Adolescencia.

Por su parte el director del Hospital de esta ciudad, Dr. Nicodemus Rodríguez, señaló que pese a la orden del juez los padres se niegan a vacunar a sus hijos. Añadió que a raíz de la resistencia presentará una denuncia ante la Fiscalía para que los padres sean imputados por desacato y haberse negado al régimen de vacunación de los niños.

El médico reiteró que existen riesgos de enfermedades letales que pueden afectar a los pequeños que no recibieron las vacunas y que además está en juego la inmunización de toda la población.

Los padres alegan que existen riesgos porque las vacunas pueden tener efectos negativos y causar enfermedades. Señalaron que en el país no existe un centro de investigación que permita evaluar los efectos de las vacunas.

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