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Por resolución Nº 154 con fecha 31 de mayo del 2019, la Contraloría General de la República comunica que se aprobó el calendario de presentación de las actualizaciones de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial.
Debido a esta disposición, los trabajadores judiciales deberán actualizar sus respectivas declaraciones juradas de bienes y rentas, activos y pasivos desde el 3 de junio hasta el 20 de diciembre del corriente.
Esta resolución del contralor se da de conformidad con la Ley Nº 5033/13 que a su vez reglamenta el Artículo 104 de la Constitución Nacional.
Las decisiones se dan considerando que el artículo 283 inciso 6, de la Constitución Nacional en concordancia con el Artículo 9 inciso F de la Ley Nº 273/94 establece que son deberes y atribuciones del contralor general recibir las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos, así como la formación de un registro de estos datos. Es también tarea del contralor producir dictámenes sobre la correspondencia entre las declaraciones que prestan al asumir sus cargos y las que formulen al dejar estas funciones.
Además, la ley Nº 5033/13 faculta a la Contraloría a establecer el procedimiento a ser implementado para la recepción de estas declaraciones.
El artículo 25 de la ley también menciona que las autoridades deberán realizar sus respectivas declaraciones dentro del plazo de 60 días contados a partir de la vigencia de la resolución de la Contraloría que apruebe el formulario a ser utilizado.