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Las depuraciones que se vienen realizando van dirigidas específicamente a los beneficiarios que se encuentran como funcionarios activos en dependencias del Estado y de la función pública, de conformidad a lo que establece el Art 2º de la Ley Nº 98/92, que modifica el Art. 2º de la Ley Nº 1860/50, que establece: “Se exceptúan de la presente disposición los funcionarios y empleados de la administración central”.
Conforme a lo establecido en la mencionada ley, se insta a todos los asegurados que se encuentran en dicha situación, a tener en cuenta la mencionada normativa y a tomar los recaudos pertinentes, a los efectos de no tropezar con inconvenientes a la hora de que sus familiares que venían realizando sus tratamientos en las dependencias de salud del IPS, ya no lo puedan hacer, por los motivos expuestos en este comunicado.
“Hemos iniciado dicho proceso a los efectos de la depuración de la base de datos de la Dirección de Aporte Obrero Patronal con el cruce de información del Sistema Nacional de Recursos Humanos (SINARH) y otras bases de datos. El propósito es que todos los asegurados del Instituto de Previsión Social tengan conocimiento de las depuraciones que el Departamento de Servicios, dependiente de la Dirección de Aporte Obrero Patronal, lleva adelante”, señala el comunicado institucional.