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El oficialismo colorado apunta con todo a conseguir la reelección presidencial por la vía de la enmienda constitucional, y desde hace algunos días está en marcha una campaña de recolección de firmas para revestir de “pedido popular” las intenciones de atropellar la Carta Magna.
No conformes con intentar imponer la reelección por una vía que no es la que corresponde, los oficialistas iniciaron desde hace días la recolección de firmas en diferentes instituciones estatales, pasando por alto lo establecido por la Ley de la Función Pública.
Consultado al respecto, el jefe de gabinete de la Presidencia de la República, Juan Carlos López Moreira, dijo que no veía “nada de malo” sobre la recolección de firmas y reconoció no haber pedido informe alguno sobre la cuestión.
“No pedí informe alguno, no veo nada de malo en que estén pidiendo la firma. Ahora, si están forzando, eso es otra cosa. Que yo sepa, no hay ninguna denuncia. El funcionario que se sienta presionado puede denunciar ante la prensa, en la Secretaría Anticorrupción... Tenemos todas las herramientas. Los funcionarios públicos son ciudadanos también. Pueden hacerlo (firmar planilla pro enmienda para la reelección) en la calle o en cualquier sitio público”, afirmó tras un acto oficial en la Comandancia de la Policía.
Así se refirió el jefe de Gabinete a las denuncias por presuntas presiones para la recolección de firmas tendiente a impulsar la enmienda constitucional para la reelección presidencial, una cuestión que viola la Constitución Nacional. Las denuncias se recibieron desde el Ministerio de la Mujer, la Diben, el Hospital Nacional de Itauguá y hasta funcionarios de una empresa privada que custodia la seguridad de la Entidad Binacional Yacyretá, en Itapúa.
Tiempo después, el titular de la Secretaría de la Función Pública, Humberto Peralta, señaló a Radio Ñandutí que esas planillas no deberían ser firmadas en instituciones públicas. “El aspecto legal está claramente definido en la Ley de la Función Pública”, dijo a la 1020 AM y citó que las faltas graves están establecidas en el artículo 68 de la referida legislación.
Peralta indicó, además, que el artículo 60 de la Ley de la Función Pública, Nº 1626/2000, establece las prohibiciones para los funcionarios públicos dentro de las instituciones. “Hay restricciones legales en ese sentido”, indicó.
El señalado artículo establece en sus incisos A, B, C y D:
Queda prohibido al funcionario, sin perjuicio de lo que se establezca en los reglamentos respectivos:
a) utilizar la autoridad o influencia que pudiera tener a través del cargo, o la que se derive por influencia de terceras personas, para ejercer presión sobre la conducta de sus subordinados;
b) trabajar en la organización o administración de actividades políticas en las dependencias del Estado;
c) usar la autoridad que provenga de su cargo para influir o afectar el resultado de alguna elección, cualquiera sea su naturaleza;
d) ejecutar actividades ocupando tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal, material o información reservada o confidencial de la dependencia, para fines ajenos a lo establecido para el organismo o entidad donde cumple sus tareas; y en especial, ejercer cualquier actividad política partidaria dentro del mismo;
Peralta dijo que el funcionario público es a la vez ciudadano y que podría expresarse sobre estas cuestiones, pero que debería hacerlo fuera de la institución donde cumple funciones.
Horas más tarde de lo señalado por el mismísimo titular de la institución, la SFP dio a conocer un comunicado en el que contradecía a Peralta.
“Un funcionario público además de ser un servidor público es a la vez un ciudadano, por lo cual tienen aquellos un doble rol (servidor y ciudadano) y es en ese contexto que el funcionario tiene la libertad de ejercer también sus derechos como ciudadano, respetando los límites impuestos en la Ley de la Función Pública y sin presión”, dice el comunicado publicado en la página web de la institución.
Sorpresivamente, líneas más abajo el documento indica que la SFP no puede catalogar una actividad como partidaria o no.
“La SFP como organismo central normativo para la función pública y el desarrollo institucional de las entidades estatales, formula políticas de gestión y desarrollo de las personas que trabajan en el sector público, emite normas técnicas, asesora a las instituciones en políticas de gestión y desarrollo de las personas, capacita y forma a los servidores públicos, entre otros, por lo que NO es su función la de hacer juzgamientos” (sic), señala.
Pero la mayor contradicción se da en el último párrafo del comunicado, donde indica: “La SFP entiende que las firmas realizadas por parte de algunos funcionarios públicos no son prácticas de política partidaria, sino exclusivamente actividades cívicas que responden a iniciativas de la ciudadanía”.
A pesar de que la recolección es encabezada por el oficialismo colorado, un sector partidario, y que tiene como fin conseguir la reelección del presidente Horacio Cartes, la institución pretende asegurar que no existe interés sectario en esta cuestión.