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El Congreso Nacional amplió la ley N° 3587 del año 2008, sobre Protección de la Niñez y la Adolescencia en el ámbito privado, que básicamente prohíbe a las instituciones de educación privada retener las libretas de calificaciones en caso de cuotas y aranceles vencidos o impagos.
La modificación introducida por el Parlamento busca obligar a las escuelas y colegios a tomar los exámenes finales a los alumnos que están atrasados y además les prohibirá rechazar la matriculación de estudiantes morosos.
El gremio aseguró no está ajeno a que los escolares rindan, pero se opone a la imposición de aceptar a un estudiante con deudas, explicó el presidente de la Asociación de Instituciones de Educación Privada del Paraguay (Aiepp), Armando Ficorilli.
Como la modificación de la normativa aún no está vigente, los alumnos de las instituciones privadas y subvencionadas a los que se le impida rendir, pueden hacerlo en escuelas y colegios públicos, según anunció días atrás el Ministerio de Educación y Cultura (MEC).
Se calcula que en el sector privado estudian entre el 15% y 20% de los niños y adolescentes en edad escolar. El promedio para acceder a una institución privada está entre los G. 12 y G. 15 millones al año, indicó Ficorilli.