Ganadero lamenta no poder contratar a un joven

FILADELFIA. Un ganadero lamentó que no pueda contratar legalmente a un menor de 17 años, porque la Codeni exige que siga a la escuela. Además, Paraguay firmó un convenio con la OIT, que califica el trabajo con ganado mayor como peligroso para menores.

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Propietarios de un establecimiento ganadero indicaron que no consiguen el permiso correspondiente de la Codeni del distrito de Filadelfia, para emplear legalmente a un joven de 17 años en su propiedad.

Señalaron que el joven hace casi tres años que ya no va a la escuela y al ser contratado, solo trabajaría seis horas, tendría un ingreso fijo y acceso legal a la salud, a través de una inscripción oficial en el IPS.

Además, afirmaron que el hermano del joven ya trabaja en la misma estancia y estaría dispuesto a figurar como tutor. Molesto por no conseguir un permiso oficial, Sabine Hahn afirmó que la Codeni falló, no explica en que leyes se basa para rechazar, que la realidad en el campo es diferente y muchas veces los jóvenes no quieren cursar la escuela hasta los 18 años y que en este caso el menor seguiría probablemente trabajando en forma ilegal, en algún lugar, sin derechos y cobertura médica. Sostuvo que el gobierno no debe quejarse más sobre el desempleo de adolescentes.

Consultada al respecto la encargada de Codeni Yenni Franco dijo que desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) le indican que el joven debe seguir la escuela hasta sus 18 años. 

No quiso profundizar el tema, mientras Natalia Sosa de la Dirección de la Niñez y Adolescencia del MTESS indicó que no importa si el joven tendría un tutor, ingreso fijo, acceso legal a la salud y que trabajaría solo seis horas, sino que existe el Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil, firmado por el Paraguay con la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y aprobado por la Ley Nº 1657/2001 y reglamentado por Decreto 4951/2005, en el cual el trabajo en el campo es considerado un actividad laboral peligrosa para menores.

Subrayó que no se puede hacer excepciones a un convenio internacional, traducido en ley y aquellas personas que ya emplearon a este joven son pasibles de una sanción.

El Decreto 4.951 enumera 26 trabajos infantiles peligrosas, entre ellos figura “el trabajo que se desarrolla con ganado mayor” (articulo 18).

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