Fijan topes a aranceles para universidades

El Poder Ejecutivo promulgó este lunes la ley que pone topes a los aranceles de institutos superiores y universidades del sector público. Por ejemplo, el curso de ingreso para la universidad estatal no podrá superar los G. 700.000.

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El presidente Horacio Cartes promulgó la Ley 5.633 “que regula los aranceles en concepto de legalizaciones, visados, expedición de certificados de estudio y diplomas realizados en las universidades, los institutos superiores y los institutos de formación profesional del tercer nivel de carácter público”.

La normativa, elaborada por el diputado liberal Dionisio Amarilla, indica que los aranceles en concepto de legalizaciones, visados y expedición de certificados de estudios, realizados en las universidades, institutos superiores y en los institutos de formación profesional del tercer nivel, de carácter público, no podrán exceder el límite máximo de medio jornal diario. Atendiendo que el jornal mínimo vigente es de G. 70.155, estos trámites tendrán desde ahora un costo no superior a los G. 35.000.

De igual manera, la expedición de diplomas de todas las carreras de grado y posgrado, deberá costar un jornal diario (G. 70.155), mientras que el derecho de examen de admisión o ingreso a las carreras que ofrecen las universidades públicas, a través de sus facultades, no podrá superar los diez jornales diarios, o sea, unos G. 701.000. En tanto, lo correspondiente a ingresos a los institutos superiores y los institutos de formación profesional del tercer nivel, no podrá pasar los cinco jornales (G. 350.000).

Finalmente, el documento establece que las casas de estudio deberán adoptar los medios necesarios para informar a los estudiantes sobre los aranceles actualizados de cada período académico, debiendo publicar las informaciones en sus páginas web oficiales.

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