Exfiscal acusado de extorsión fue sobreseído

El exfiscal Juan Claudio Gaona, quien estaba procesado por extorsión, fue sobreseído el martes y la causa quedó extinguida. En la resolución se hace constar que el proceso penal “no afecta el buen nombre y el honor de los que goza”, el abogado.

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El exagente del Ministerio Público estaba procesado junto con el excanciller Melgarejo Lanzoni, por la supuesta comisión de extorsión y cohecho pasivo agravado al ciudadano francés Frederich Hourdard, propietario de las firmas Gigabytes y Virtual.

En al año 2007,estas empresas estaban siendo investigadas por el fiscal Juan Claudio Gaona, porque supuestamente cometían estafas y perjudicaban a personas a nquienes se les ofrecían becas de informática e inglés.

Según el francés, tanto el fiscal como el canciller le pidieron 50.000 dólares al empresario, a cambio de hacer la vista gorda al caso y desestimar las denuncias en contra de las empresas.

Es por esto que, el 21 de mayo del año 2007, el extranjero víctima de extorsión se presentó en un estudio jurídico de las calles henandarias y Humaitá, donde hacía oficina el canciller Melgarejo, para hacer la supuesta entrega del dinero, pero todo fue una emboscada, pues el local fue inmediatamente allanado por una comitiva fiscal policial.

Fue así como los intervinientes ordenaron el arresto domiciliario del fiscal Juan Claudio Gaona y del canciller Melgarejo, luego de que en el estudio jurídico se incautaran G. 120 millones.

Mediante sucesivas chicanas, los imputados lograron dilatar la causa por años. Solo para que se nintegre un tribunal de apelación tuvieron que pasar cinco años.

Finalmente, en una resolución con fecha 4 de setiembre, la jueza Rosarito Montanía dispuso el sobreseimiento definitivo del exinvestigador Jusan Claudio Gaona, y por ende la extinsión de la acción penal por los hechos punibles de extorsión y cohecho pasivo.

El documento expresa que la causa que involucra al abogado y exfiscal ya ha prescripto.

Lo llamativo es que el oficio judicial deja constancia de que “la formación del presente proceso penal no afecta el buen nombre y el honor de los que goza el mismo”, menciona en referencia al abogado.

 

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